Texto de la norma
Decreto Nº 4572, que integra la Comisión del GATT, prevista en el Decreto Nº 4288, del 10 de noviembre de 1958, y dicta otras disposiciones. G. O. Nº 8335, del 21 de febrero de 1959.
HECTOR BIENVENIDO TRUJILLO MOLINA Presidente de la República Dominicana
NUMERO 4572.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 54 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
ARTICULO UNICO.— Se modifican los Artículos 2 y 4 del Decreto Nº 4288, del 10 de noviembre de 1958, para que se lean como sigue:
"Art. 2.— La Comisión del GATT estará integrada por el Secretario de Estado de Industria y Comercio quien la presidirá; el Secretario de Estado de Finanzas y Banca; el Secretario de Estado de Relaciones Exteriores; el Secretario de Estado de Agricultura; el Director General de Adua-
nas; el Director General de Estadística; el Doctor H. E. Priester, Consultor Económico de la Secretaría de Estado de Industria y Comercio; y el señor Elías Gadala María Asesor de la Secretaría de Estado de Industria y Comercio.
Párrafo.— El Director del Departamento de Estudios Económicos de la Secretaría de Estado de Industria y Comercio, actuará como Secretario de la Comisión del GATT".
"Art. 4.— La Oficina del Consultor Económico de la Secretaría de Estado de Industria y Comercio tendrá a su cargo la organización y conservación de los archivos concernientes a la participación de la República en el Acuerdo General sobre Aranceles y Comercio".
DADO en Ciudad Trujillo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los catorce días del mes de febrero del mil novecientos cincuenta y nueve, años 115° de la Independencia, 96° de la Restauración y 29° de la Era de Trujillo.
HECTOR B. TRUJILLO MOLINA.
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