Texto de la norma
Dec. No. 2805, que autoriza a varias personas a hacer cambios en sus nombres.
G. O. No. 9566, del 15 de octubre de 1981
ANTONIO GUZMAN
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 2805
CONSIDERANDO que atendiendo las solicitudes de cambio de nombre formuladas al Poder Ejecutivo por las personas que figuran en la parte dispositiva del presente Decreto, las mismas fueron autorizadas a realizar los procedimientos establecidos por la Ley No. 659, sobre Actos del Estado Civil, de fecha 17 de julio de 1944;
CONSIDERANDO que en cada caso la Junta Central Electoral ha informado no haber recibido, dentro del plazo legal, ningún acto de oposición a las solicitudes formuladas en tal sentido, por los interesados;
CONSIDERANDO que han sido cumplidas todas las formalidades requeridas por la Ley;
VISTOS los artículos 80, 81, 82 y 83 de la Ley No. 659, sobre Actos del Estado Civil, de fecha 17 de julio de 1944;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.- El señor Manuel Antonio Tirado Díaz, queda autorizado a cambiar su nombre por el de Antonio Tirano Díaz.
Art. 2.- El señor Juan Polanco Batista, queda autorizado a cambiar su nombre por el de Pedro Polanco Batista.
Art. 3.- La señora María Reyes Alcántara, queda autorizada a cambiar su nombre por el de María Magdalena Reyes Alcántara.
Art. 4.- La señora Andalia Reynoso Díaz, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Isabel Reynoso Díaz.
Art. 5.— El presente Decreto se publicará en la Gaceta Oficial y en un diario de circulación nacional.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los trece (13) días del mes de octubre del año mil novecientos ochenta y uno; años 138o. de la Independencia y 119o. de la Restauración.
ANTONIO GUZMAN
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