Texto de la norma
Decreto No. 3028, que autoriza al Ayuntamiento de San Cristóbal a donar a la Caja Dominicana de Seguros Sociales varios solares propiedad del Municipio. ....
(G. O. No. 8156, del 27 de agosto de 1957)
HECTOR BIENVENIDO TRUJILLO MOLINA
Presidente de la República Dominicana
Número: 3028
En ejercicio de la atribución que me confiere el inciso 25 del artículo 54 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.— Se autoriza al Ayuntamiento del Municipio de San Cristóbal a donar a la Caja Dominicana de Seguros Sociales, los Solares, uno, dos, tres, cuatro, cinco, siete, ocho, nueve, diez, once, doce, trece, catorce, quince y dieciseis, de la Manzana 87 del Distrito Catastral No. 1 del Municipio de San Cristóbal, donde se han levantado edificaciones para los servicios de dicha Caja.
Párrafo.— En el acto de donación que se debe suscribir, se especificarán las áreas, colindancias y demás características de los quince solares objeto de la donación que figuran en el artículo 1º de la Resolución No. 18-57, del Ayuntamiento de San Cristóbal, de fecha 2 de julio de 1957, por la cual se ha solicitado la presente autorización.
Art. 2.— Envíese a las Secretarías de Estado de lo Interior y Salud y Previsión Social, para los fines correspondientes.
DADO en Ciudad Trujillo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los trece días del mes de agosto de
mil novecientos cincuenta y siete, años 114º de la Independencia, 94º de la Restauración y 28º de la Era de Trujillo.
HECTOR B. TRUJILLO MOLINA.
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