Texto de la norma
Decreto No. 2946, que autoriza al Ayuntamiento de San Pedro de Macorís a donar un solar a la Resp. Logia Industria No. 3851, de Odd-Felows. (G. O. No. 8154, del 21 de agosto de 1957).
HECTOR BIENVENIDO TRUJILLO MOLINA Presidente de la República Dominicana
Número: 2946
VISTA la instancia elevada por el Ayuntamiento de San Pedro de Macorís, en fecha 12 de junio de 1957;
VISTO el artículo 951 del Código Civil;
VISTO el artículo 82 de la Ley de Organización Municipal reformado por el artículo 3 de la Ley No. 4381, del 10 de febrero de 1956;
En ejercicio de las atribuciones que me confieren los incisos 2 y 25 del artículo 54 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.— Se autoriza al Ayuntamiento de San Pedro de Macorís a donar a la Rep. Logia Industria No. 3851, de Odd Fellows, de dicha ciudad, incorporada por el Decreto No. 1293, del 23 de julio de 1943, publicado en la Gaceta Oficial No. 5962, un solar de propiedad municipal de una extensión superficial de 158.79 metros cuadrados, marcado actualmente con el número 64 de la calle "Presidente Henríquez", a fin de que la indicada logia contribuya, empleado dicho solar, al embellecimiento de la ciudad.
Art. 2.— La autorización anterior se concede con la condición de que en el contrato de donación se estipule que, en caso de dejar de existir la Logia donataria, el solar donado revertirá al patrimonio municipal.
Art. 3.— Envíese a la Secretaría de Estado de lo Interior, para los fines correspondientes.
DADO en Ciudad Trujillo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los dieciocho días del mes de julio de mil novecientos cincuenta y siete, años 114° de la Independencia, 94° de la Restauración y 28° de la Era de Trujillo.
HECTOR B. TRUJILLO MOLINA.
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