Texto de la norma
Decreto No. 2931, que aprueba modificaciones en los Estatutos del Casino del Caribe, Inc.,
(G. O. No. 8153, del 17 de agosto de 1957)
HECTOR BIENVENIDO TRUJILLO MOLINA
Presidente de la República Dominicana
Número: 2931
VISTA la instancia que por conducto de la Secretaría de Estado de Justicia ha elevado al Poder Ejecutivo el Doctor Nelson W. Mejía, en su calidad de Presidente del Casino del Caribe Inc., en solicitud de que sean aprobadas las modificaciones introducidas en los estatutos de dicha Asociación, por la Asamblea General Ordinaria celebrada el 22 de marzo de 1957, y los documentos que la acompañan;
VISTAS las disposiciones de la Ley No. 520, del 26 de julio de 1920, sobre asociaciones que no tengan por objeto un beneficio pecuniario;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 54 de la Cnstitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.— Quedan aprobadas las modificaciones introducidas en los artículos 19, 20, 22, y 23 acápite c), 26 y 29, de los Estatutos del Casìno del Caribe, Inc., Estatutos que fueron aprobados por el Decreto No. 909, de fecha 3 de junio de 1955.
Art. 2.— Dicha aprobación será efectiva tan pronto como la referida asociación realice los depósitos y la publicación a que se refiere el artículo 4 de la Ley ya citada.
DADO en Ciudad Trujillo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los trece días del mes de julio de mil novecientos cincuenta y siete, años 114º de la Independencia, 94º de la Restauración y 28º de la Era de Trujillo.
HECTOR B. TRUJILLO MOLINA.
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