Texto de la norma
Decreto No. 2889, que crea una Comisión Especial para el estudio de las construcciones de obras del Estado y dicta otras disposiciones.
(G. O. No. 8142, del 10 de julio de 1957)
HECTOR BIENVENIDO TRUJILLO MOLINA
Presidente de la República Dominicana
Número: 2889
CONSIDERANDO: Que las obras públicas que realiza el Gobierno deben proyectarse y ejecutarse de modo que respondan cabalmente a los fines para los cuales han sido dispuestas y al menor costo y con las más amplias garantías posibles;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 54 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
UNICO.— Se crea una Comisión Especial integrada por el Secretario de Estado de Obras Públicas, el Secretario de Estado de Finanzas, el Secretario de Estado de Fomento, el Director
del Presupuesto y el Ingcniero Asesor a1 servicio del Presiden-
te de la Rep6bilcs. Comisi6n que tendrj las siguientes atribu-
ciones :
a) Abrir y depurar un Registro de Ingenieros, Arquitectos
y M2estros Constructores de Obras, para fines dt dis-
tribuci6n equitativa de todas las obras pdbicas que dis-
ponga el Gobierno, ya sea mediante concursos o contra-
tadas de grado a grado ;
b) El estudio y consideracih de la necesidad de cada obra
piiblica, a fin de formular en cada cas0 las recomenda-
ciones pertinentes a1 Poder Ejecutivo ;
e) El estudio y plan de financiamiento de cada obra proyec-
tada, una vez comprobada su necesidad o convenienica ;
d) Recomendzir cualquier otra medida que estime con-
veniente en torno a cada obra proyectada.
DADO en Ciudad Trujillo, Distrito Nacional, Capital de la
Repdblica Dominicana, a 10s veintisiete dias del mes de junio de
mil novecientos cincuenta y siete, aiios 1140 de la Independencia,
949 de la Restauracih y 280 de la Era de Trujillo.
HECTOR B. TRUJILLO MOLINA.
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