Texto de la norma
Decreto No. 2884, que concede el beneficio de la incorporación a la asociación "Ciudad Trujillo Tennis Club".
(G. O. No. 8141, del 6 de julio de 1957)
HECTOR BIENVENIDO TRUJILLO MOLINA
Presidente de la República Dominicana
Número: 2884
VISTA la instancia que por conducto de la Secretaría de Estado de Justicia ha elevado al Poder Ejecutivo el Ing. Héctor Serrellés, en su calidad de Presidente del "Ciudad Trujillo Tennis Club", domiciliado en [domicilio omitido];
VISTAS las disposiciones de la Ley No. 520, del 26 de julio
de 1920, sobre asociacior,es que no tengan por objeto un bene-,
ficio pecuniario ;
CONSIDERANDO : Que del estudio del expediente resulta
que se han cumplido todas las condiciones y formalidadesl exi-
gidas por la Ley para obtener la incorporacih,
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el articulo
64 de la Constitucih de la Repablica, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.- Se concede el beneficio de la incorporaci6n a la
asociacidn “Ciudad Tru jillo Tennis Club”, domiciliado en [domicilio omitido].
Art. 2.-
La incorporaci6n sera efectiva tan pronto como l a
asociacih “Ciudad Trujillo Tennis Club” realice el dep6sito y
in publicacih a que se refiere el ‘articulo 4 de la Ley ya citada.
DADO en Ciudad Trujillo, Distrito Nacional, Capital de la
Rep6blica DQminicana., a 10s veintisiete dias del mes de junio
de mil novecientos cincuenta y siete, a5os 1149 de la Indepen-
dencia, 940 de la Restauracih y 280 de la Era de Trujillo.
c
HECTOR B. TRUJILLO MOLINA.
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