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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 2670

QUE CONCEDE PROVISIONALMENTE LA NACIONALIDAD DOMINICANA A LOS MENORES PEDRO ANTONIO ARMANDO MOLINI SANTIAGO Y ROSA LIA MOLINI SANTIAGO.

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
27 abr de 1957fecha
Naturalizacióntipo
G. O. 8122Gaceta Oficial del 1 ene de 1957
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
HECTOR BIENVENIDO TRUJILLO MOLINA Presidente de la República Dominicana Número: 2670 VISTA la solicitud elevada al Poder Ejecutivo por el señor Antonio Tomás Molini, por conducto de la Secretaría de Estado de lo Interior, y los documentos que la acompañan; VISTO el Párrafo I del artículo 26 de la Ley sobre Naturalización No. 1683 del 16 de abril de 1948, agregado por la Ley No. 2665 del 31 de diciembre de 1950; En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 54 inciso 2º de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: Art. 1.— Se concede, provisionalmente, la nacionaildad dominicana a los menores Pedro Antonio Armando Molini Santia- go y Rosa Lía Molini Santiago, nacidos en Río de Janeiro, Brasil, en fechas 5 de enero de 1954 y 26 de agosto de 1955, respectivamente, hijos del solicitante señor Antonio Tomás Molini. Art. 2.— Al cumplir la edad de 18 años los menores favorecidos por el presente Decreto podrán optar definitivamente por la nacionalidad dominicana, en la forma prevista por el artículo 12 inciso 3º de la Constitución de la República. Art. 3.— Envíese a las Secretarías de Estado de lo Interior, y de Relaciones Exteriores y Culto, para fines de registro. DADO en Ciudad Trujillo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintisiete días del mes de abril del mil novecientos cincuenta y siete, años 114º de la Independencia, 94º de la Restauración y 27º de la Era de Trujillo. HECTOR B. TRUJILLO MOLINA.

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona