Texto de la norma
Dec. No. 2012, que autoriza una emisión de sellos semipostales.
G. O. No. 9540, del 15 de octubre de 1980
ANTONIO GUZMAN
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 2012
VISTA la Ley No. 2461, de fecha 18 de julio de 1950, sobre Especies Timbradas;
VISTA la Ley No. 2552, de fecha 19 de noviembre de 1950;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.– Se autoriza una emisión de 2,500,000 (dos millones quinientos mil) sellos semi-postales, de la denominación de un centavo, para contribuir a los propósitos de protección a la Infancia.
Art. 2.– Estos sellos serán de forma rectangular en tamaño de 36 milímetros de alto por 25 milímetros de ancho, con las siguientes características en su diseño: de color azul claro; a todo el largo del lado superior tendrán la inscripción “República Dominicana”; hacia la parte superior derecha un ramo de flores simbolizando las fiestas navideñas; debajo, a cuatro renglones aparecerá la leyenda “Por el Hombre del Futuro Ayuda al Niño de Hoy”; hacia el ángulo superior izquierdo mostrarán el valor facial expresado así: “1 ¢”; debajo, llevarán una estrella símbolo de la alegría navideña; en la parte inferior se muestra la imagen de una profesora con un libro en la mano, y a su lado una niña, representando la educación. A todo el largo del lado inferior se leerá “Protección a la Infancia”; debajo hacia el ángulo inferior derecho “1980”.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los cuatro (4) días del
mes de octubre del año mil novecientos ochenta; años 137o. de la Independencia y 118o. de la Restauración.
ANTONIO GUZMAN
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