Texto de la norma
Dec. No. 1816, que autoriza a varias personas a hacer cambios en su nombre.
G. O. No. 9534, del 30 de junio de 1980
ANTONIO GUZMAN
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 1816
VISTA la Instancia de fecha 18 de diciembre de 1979, dirigida al Poder Ejecutivo por vía de la Junta Central Electoral por la doctora Austria Bertha Matos Rocha, en rectificación del artículo 2 del Decreto No. 1316, de fecha 14 de noviembre de 1979; mediante el cual fueron autorizados los señores Antonio María Jiménez Correa y Ana Antonia Ureña, a cambiar los hombres de sus hijos menores Angela del Carmen Jiménez Ureña y Félix Antonio Jiménez Ureña;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.- Los señores Antonio María Jiménez Correa y Ana Antonia Ureña, quedan autorizados a cambiar los nombres de sus hijos menores Angela del Carmen Jiménez Ureña y Félix Antonio Jiménez Ureña, por los de Negra María Jiménez Ureña y Félix Manuel Jiménez Ureña, respectivamente.
Art. 2.- Quedan derogados los artículos 2 y 3 del Decreto No. 1316, de fecha 14 de noviembre de 1979.
Art. 3.- El presente Decreto se publicará en la Gaceta Oficial y en un diario de circulación nacional.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintitrés (23) días del mes de junio del año mil novecientos ochenta; años 137o. de la Independencia y 117o. de la Restauración.
ANTONIO GUZMAN
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