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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 1772

QUE APRUEBA VARIAS RESOLUCIONES DEL DIRECTORIO DE DESARROLLO INDUSTRIAL

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
22 may de 1980fecha
Incentivos, zonas francas y clasificación industrialtipo
G. O. 9532Gaceta Oficial del 1 ene de 1980
Poder Ejecutivoórgano

Contraparte y monto

Contraparte
ALLAN RUCHAMKIN (empresa)

Leídos del texto de la norma: verifícalos en el documento original.

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 1772, que aprueba varias Resoluciones del Directorio de Desarrollo Industrial. G. O. No. 9532, del 31 de mayo de 1980 ANTONIO GUZMAN Presidente de la República Dominicana NUMERO: 1772 VISTA la Ley No. 299, de Incentivo y Protección Industrial de fecha 23 de abril de 1968; En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: Art. 1.— Se autoriza a la empresa ALMACENES COMERCIALES DEL MONTE, C. POR A., a traspasar a la empresa CERAS JOHNSON DOMINICANA, S. A., la concesión que se le otorgó por Resolución No. 108—79—RC, del Directorio de Desarrollo Industrial, de fecha 23 de mayo de 1979, aprobada por Decreto No. 1077, del 10 de agosto de 1979. Este traspaso ha sido recomendado favorablemente por Resolución No. 335—79—TC, de dicho Directorio, del 19 de diciembre de 1979. Se modifica, en consecuencia, en cuanto sea necesario, el precitado Decreto No. 1077. Art. 2.— Se autoriza a la empresa PROCESADORA DE FIBRAS INDUSTRIALES, S. A., a traspasar a la empresa PRODUCTOS MARITIMOS & DOMESTICOS, S. A., la concesión que se le otorgó por Resolución No. 160—75—C, del Directorio de Desarrollo Industrial, de fecha 31 de octubre de 1975, aprobada por Decreto No. 1640, del 19 de enero de 1976. Este traspaso ha sido recomendado favorablemente por Resolución No. 11—80—MC, de dicho Directorio, de fecha 29 de enero de 1980. Se aprueba además, esta última Resolución, en cuanto modifica la Resolución No. 160—75—C, citada para: a) aumentar por el resto del período de la clasificación y en proporción de un 90o/o de exoneración de los derechos e impuestos de importación, los siguientes renglones: endurecedor de fibras, de 500 a 6,666 galones; colorantes, de 2,000 a 10,000 libras; b) incluir en la exoneración otorgada, en proporción de un 90o/o de los derechos e impuestos de importación, los artículos consignados en el ordinal Segundo de la Resolución 11-80-MC; y c) incluir en dicha clasificación, con un 70o/o de exoneración 4,000 pies cúbicos anuales de madera. Se modifica, en consecuencia, en cuanto sea necesario, el Decreto No. 1640, más arriba indicado. Art. 3.- Se autoriza a la empresa MACALL, C. POR A., a traspasar a la empresa ZEP CARIBBEAN, INC., subsidiaria de la NATIONAL SERVICE INDUSTRIES INC., la concesión que se otorgó a la empresa ALLAN RUCHAMKIN (que a su vez la traspasó a la MACALL, C. POR A.) por Resolución No. 36-75-C, de fecha 4 de abril de 1975, aprobada por Decreto No. 941, del 30 de mayo de 1975. Este traspaso ha sido recomendado favorablemente por Resolución No. 25-80-TC, del Directorio de Desarrollo Industrial, del 29 de enero de 1980. Se modifican, en consecuencia, en cuanto sea necesario, el precitado Decreto No. 941, y el Decreto No. 1778, del 11 de marzo de 1976. Art. 4.- Se autoriza como una concesión especial y por una sola vez, a la empresa INDUSTRIA CARTONERA DOMINICANA (División de la Fábrica Nacional de Fósforos, C. por A.), la exoneración, en proporción de un 60o/o, de 7,500 toneladas métricas de materias primas básicas, descritas como "cartoncillo para corrugar, del tipo liner medium." Esta exoneración ha sido recomendada favorablemente por Resolución No. 99-80-V, del Directorio de Desarrollo Industrial, de fecha 25 de marzo de 1980. Art. 5.- Envíese a las Secretarías de Estado de Finanzas y de Industria y Comercio, para los fines correspondientes. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintidos (22) días del mes de mayo del año mil novecientos ochenta; años 137o. de la Independencia y 117o. de la Restauración. ANTONIO GUZMAN

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona