Texto de la norma
Decreto No. 2423, que concede naturalización dominicana al señor Haziz Curet.
(G. O. No. 8088 del 2 de febrero del 1957)
HECTOR BIENVENIDO TRUJILLO MOLINA
Presidente de la República Dominicana
Número: 2423
VISTA la instancia que por conducto de la Secretaría de Estado de lo Interior ha elevado el señor Haziz Curet, de nacionalidad libanesa, natural de Beit Mellat, República Libanesa, mayor de edad, soltero, de ocupación empleado público, domiciliado y residente en [domicilio omitido], portador de la cédula de identificación personal [omitida] para el año 1956, en solicitud de que se le conceda el beneficio de la naturalización dominicana, y los documentos que la acompañan;
VISTA la Ley sobre Naturalización No. 1683, del 16 de abril de 1948, y sus modificaciones;
En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 54 inciso 2º de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.— Se concede la naturalización dominicana al señor Haziz Curet, de las generales indicadas.
Art. 2.— El beneficiario recibirá la carta de naturalización de manos del Gobernador Civil de la Provincia de San Pedro de Macorís previo juramento de fidelidad a la República prestado
ante dicho funcionario, de todo lo cual se redactará acta que deberá publicarse en la Gaceta Oficial.
Art. 3.— El presente Decreto será registrado en las Secretarías de Estado de lo Interior y de Relaciones Exteriores y Culto.
DADO en Ciudad Trujillo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintiocho días del mes de enero de mil novecientos cincuenta y siete, años 113º de la Independencia, 94º de la Restauración y 27º de la Era de Trujillo.
HECTOR B. TRUJILLO MOLINA.
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