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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 2387

QUE AGREGA UN PARRAFO AL ARTÍCULO 3 DEL DECRETO N° 8289, DEL 24 DE MAYO DE 1952, QUE PROHIBE LA VENTA DE MADERA NO SECADA

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
10 ene de 1957fecha
Modifica o deroga normastipo
G. O. 8083Gaceta Oficial del 1 ene de 1957
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Es el texto de la página de la Colección de Leyes donde se publicó: puede incluir el final de la norma anterior y el comienzo de la siguiente.

Texto de la norma
b Decreto No. 2386, que convoca las C h a r a s Legislativas en legislatura extraordinaria. ((3. 0. No. 8083, del 19 de enero de 1957) f I ,-a- HECTOR BIENVENIDO TRUJILLO MOLINA Presidente de la, Repziblica Dominicana b Ntimero: 2386 VISTO el parrafo del articulo 34 de la Constituci6n de la Repbblica, y en ejercicio de la atribucion que me confiere el ar- ticulo 54, inciso 20. de la misma, dicto el siguiente DECRETO: CT UNIC0.- Quedan convocadas las Camaras Legislativas pa- ra que se reunan en legislatura extraordinaria el martes 15 de enero de 1957, a fin de que conozcan, hasta la apertura de la le- gislatura ordinaria el 27 de febrero pbximo, de 10s asuntos pen- dientes, asi como de 10s que les someta el Poder Ejecutivo. DADO en Ciudad Trujillo, Distrito Nacional, Capital de la Repitblica Dominicana, a 10s nueve dias del mes de enero de mil novecientos cincuenta y siete, 1130 de la Independencia, 949 de la Restauracih y 270 de la Era de Trujillo. HECTOR B. TRUJILLO MOLINA. Decreta No. 2387, que agreqa un parrafo a1 articulo 3 del Decreto No. 8289, del 24 de mayo de 1952, que prohibe la venta de madera no secada. (G. 0. No. 8083, del 19 de enero de 1957) HECTOR BIENVENIDO TRUJILLO MOLINA Presidente de la Repziblica Dominicam c Niimero: 2387 h VISTA la Ley sobre el Secado de Madera No. 2538, del 6 de noviembre de 1950; VISTO el Decreto NO 8289, de feclia 24 de mayo de 1952, publicado en la Gaceta Oficial NO 7430 ; En ejercicio de la atribuci6n que me confiere el articulo 54, inciso 20., de la Constitucion de la Repbblica, dicto el siguiente s ,e- DECRETO: UNIC0.- Se agrega el siguiente parrafo a1 articulo 3 del Decreto NQ 8289, de fecha 24 de mayo de 1952 ; “Parraf 0.- Las anteriores disposiciones no serhn aplica- das en 1os.casos de que se trate de maderas utilizadas en la fa- bricacion de tazones, bandejas, cigarreras y demas objetos simi- lares, cuya exportaci6n sera permitida sin necesidad del Cer tifi- cad0 de Secado”. DADO en Ciudad Trujillo, Distrito Nacional, Capital de la Republica Dominicana, a 10s diez dias del mes de enero de mil novecientos ciiicuenta y siete, 1139 de la Independencia, 949 de la Restauracidn y 270 de la Era de Trujillo. HECTOR B. TRUJILLO MOLINA. Decreto No. 2388, que concede jubilacion del Estado a la sefiora Clara Defi Mercedes. (G. 0. No. 8583, del 19 de enero de 1957) HECTOR BIENVENIDO TRUJILLO MOLINA Presidente de ki RepQblica Donzinicann c Numero: 2388 VISTA la Ley sobre Pensiones Civiles del Estado NO 1316 de fecha 29 de diciembre de 1946 ; CONSIDERANDO: Que en el presente cas0 la solicitante reune las condiciones que exige la citada ley sobre la materia para que pueda ser jubilada, y que su solicitud ha sido prepa- rada de acuerdo con la misma; En ejercicio de la atribucion que me confiere el articulo 54, inciso 20. de la Constitucidn de la Republica, dicto el siguiente DECRETO: Art. 1.- Se concede el benefcio de la jubilaci6n a la seiiora Clara Defi Mercedes, y se le asigna una pensidn del Estado de dieciseis pesos or0 (RD$16.00) mensuales. Art. 2.- Dicha pension sera pagada con cargo a1 Fondo de Pensiones y Jubilaciones Civiles de la Ley de Gastos Publicos. DADO en Ciudad Trujillo, Distrito Nacional, Capital de la Republica Dominicana, a 10s once dias del mes de enero de mil novecientos cincuenta y siete, afios 1139 de la Independencia, 949 de la Restauracih y 270 de la Era de Trujillo. HECTOR B. TRUJILLO MOLINA.

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona