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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 1423

QUE DECLARA EL AÑO 1980 COMO AÑO DEL AGRICULTOR

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
3 ene de 1980fecha
Declaratoria (interés, día, duelo)tipo
G. O. 9520Gaceta Oficial del 1 ene de 1980
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Decreto No. 1423, que declara el año 1980 como Año del Agricultor. G. O. No. 9520, del 10 de enero de 1980 ANTONIO GUZMAN Presidente de la República Dominicana NUMERO: 1423 CONSIDERANDO que en el presente año el Gobierno ejecutará una serie de programas encaminados a lograr un verdadero desarrollo agrícola del país, con la participación de todos los sectores de la vida nacional; CONSIDERANDO que como una manifestación patente del interés del Gobierno Nacional en obtener un verdadero desarrollo agrícola del país conviene declarar el año 1980 como "Año del Agricultor" con el propósito de incentivar todas las acciones que tiendan al mejoramiento de nuestra agricultura y a la superación del hombre del campo y en reconocimiento al espíritu de lucha que caracteriza al agricultor dominicano. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: Art. 1ro.- Se declara el año 1980 como "Año del Agricultor" Art. 2do.- La Secretaría de Estado de Agricultura, en coordinación con todos los departamentos de la Administración Pública y de las Instituciones Autónomas del Estado, de manera principal con los organismos cuyas actividades se relacionan de manera directa con la agricultura, tomará cuantas medidas sean necesarias para que se realicen actos y eventos que estimulen al agricultor dominicano, así como que contribuyan a difundir en todo el país los planes y acciones del Gobierno encaminados a lograr un verdadero desarrollo agrícola nacional. Art. 3ro.— Todos los organismos del Estado y sus instituciones autónomas deberán prestar la más decidida colaboración a la Secretaría de Estado de Agricultura para la debida ejecución del Presente Decreto DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los tres (3) días del mes de enero del año mil novecientos ochenta; años 136o. de la Independencia y 117o. de la Restauración. ANTONIO GUZMAN

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona