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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 1421

QUE DEROGA EL DECRETO NO. 3244, DEL 13 DE ENERO DE 1978

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
2 ene de 1980fecha
Modifica o deroga normastipo
G. O. 9520Gaceta Oficial del 1 ene de 1980
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 1421, que deroga el Decreto No. 3244, del 13 de enero de 1978. G. O. No. 9520, del 10 de enero de 1980 ANTONIO GUZMAN Presidente de la República Dominicana NUMERO: 1421 VISTA la Ley No. 344, de fecha 29 de julio de 1943, y sus modificaciones, sobre Procedimiento de Expropiación; VISTOS el informe del Director Ejecutivo del Instituto Nacional de Aguas Potables y Alcantarillados, de fecha 31 de octubre de 1979, mediante el cual ha quedado establecido que dicho Instituto no contempla la posibilidad de utilizar en forma alguna el Solar No. 9 de la Manzana No. 162, del Distrito Catastral No. 1 del Municipio de Higuey, Provincia La Altagracia, propiedad de los Sucesores de Donatilo Acosta y Josefa Ortiz, en cuyo ámbito se encontraba ubicado el viejo tanque de almacenamiento elevado del antiguo acueducto de esa ciudad; En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: Art. 1.- Queda derogado el Decreto No. 3244, de fecha 13 de enero de 1978, que declaró de utilidad pública e interés social la adquisición por parte del Estado Dominicano del Solar No. 9 de la Manzana No. 162, del Distrito Catastral No. 1 del Municipio de Higüey, Provincia La Altagracia, propiedad de los Sucesores del finado Donatilo Acosta y Josefa Ortiz, en cuyo ámbito se encontraba ubicado el tanque de almacenamiento elevado del antiguo acueducto de Higüey, por haberse construido dicho tanque en otro sitio. Art. 2.- Envíese al Administrador General de Bienes Nacionales y al Director Ejecutivo del Instituto Nacional de Aguas Potables y Alcantarillados, para los fines correspondientes. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los dos (2) días del mes de enero del año mil novecientos ochenta; años 136o. de la Independencia y 117o. de la Restauración. ANTONIO GUZMAN

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona