Texto de la norma
Decreto N° 3232 que crea e integra un Consejo de Guerra Permanente con asiento en el Centro de Enseñanza "General Trujillo". E. N. G. O. N° 6371, del 28 de Diciembre de 1945.
RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 3232.
En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 49, incisos 3° y 13° de la Constitución de la República; y
VISTO el artículo 8 del Código de Justicia Militar,
DECRETO:
Art. 1. — Crear, como por el presente se crea, un Consejo de Guerra Permanente con su asiento en el Centro de Enseñanza "General Trujillo" E. N., ubicado en Ciudad Trujillo, con jurisdicción territorial exclusiva dentro del recinto de dicho Centro.
Art. 2. — Este Consejo de Guerra estará integrado en la siguiente forma: Mayor José René Román, Presidente; Capitán Osvaldo Báez López Penha, Juez; Capitán Juan Valenzuela, Juez; Primer Teniente Francisco José Hernández, Juez; Segundo Teniente Eliseo A. Demorizi Peynado, Juez; Capitán Radamés Hungría, Fiscal; Primer Teniente Servio Tulio Polanco Baralt, Sustituto del Fiscal; Segundo Teniente Julio Amado Calderón Fernández, Juez Instructor; Segundo Teniente David Ramírez Caamaño, Sustituto del Juez Instructor; y Segundo Teniente Renato Hungría Morell, Secretario.
DADO en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los veintitrés días del mes de diciembre del año mil novecientos cuarenta y cinco, años 102° de la Independencia, 83° de la Restauración y 16° de la Era de Trujillo.
RAFAEL L. TRUJILLO.
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