Texto de la norma
RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 3226.
En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 49 inciso 17º de la Constitución de la República, de nombrar y revocar los miembros de los Consejos de Guerra, de conformidad con la ley,
DECRETO:
UNICO.— Nombrar, como por el presente nombro, para el Consejo Superior de Guerra, y los Consejos de Guerra Permanentes, los siguientes oficiales del Ejército Nacional:
CONSEJO SUPERIOR DE GUERRA. — Teniente Coronel Carlos Alberto Mota, Juez, en sustitución del Teniente Coronel Julio E. Tejeda M. M.; y Capitán Jacinto Martínez A., Juez, en sustitución del Capitán Evangelista Cabrera hijo, E. N.
CONSEJO DE GUERRA PERMANENTE DE CIUDAD TRUJILLO— Mayor Pedro V. Trujillo Molina, M. M., Juez-Presidente, en sustitución del Mayor José René Román; y Capitán Rafael Domínico Pérez, Juez, en sustitución del Capitán Juan Valenzuela, E. N.
CONSEJO DE GUERRA PERMANENTE DEL DEPARTAMENTO NORTE.— Capitán Evangelista Cabrera hijo, Juez, en sustitución del Capitán Rafael Domínico Pérez, E. N.
CONSEJO DE GUERRA PERMANENTE DEL DEPARTAMENTO NOROESTE.— Capitán Rafael A. González, M. M., Juez, en sustitución del Capitán César A. Oliva García; y Primer Teniente José M. Alcántara, Juez, en sustitución del Primer Teniente Alcibiades Féliz, E. N.
DADO en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los diecinueve días del mes de diciembre del año mil novecientos cuarenta y cinco, años
102º de la Independencia, 83º de la Restauración y 16º de la Era de Trujillo.
RAFAEL L. TRUJILLO.
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