Texto de la norma
Decreto No 3156, que aprueba las modificaciones introducidas en los estatutos del Centro Social Obrero de Ciudad Trujillo.— G. O. No 6366, del 15 de Diciembre de 1945.
RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 3156.
En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 49 inciso 3° de la Constitución de la República;
VISTA la instancia que por conducto de la Procuraduría General de la República han elevado en fecha ocho de Noviembre del año en curso los señores Pedro N. Balcárcel y Rafael O. Senior Soto, Presidente y Secretario General, respectivamente del Centro Social Obrero, Inc., de esta Ciudad, por la cual solicitan que sean aprobadas las modificaciones introducidas en los estatutos de dicho Centro, en asamblea general celebrada en sesión extraordinaria el día dos de Octubre de este año; y
VISTA la copia certificada del acta de la mencionada asamblea general, en que constan las modificaciones a los artículos 1, 2, 13, 19 párrafo g), artículo 20, última parte, 28 párrafo k) y artículo 36,
DECRETO:
UNICO.— Aprobar, como por el presente apruebo las modificaciones introducidas en los estatutos del Centro Social Obrero Inc., domiciliado en [domicilio omitido].
DADO en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los veintiséis días del mes de noviembre del año mil novecientos cuarenta y cinco, años
102° de la Independencia, 83° de la Restauración y 16° de la Era de Trujillo.
RAFAEL L. TRUJILLO.
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