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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 3134

QUE APRUEBA UNA ORDENANZA DEL AYUNTAMIENTO DE LA COMUN DE PUERTO PLATA SOBRE VEHÍCULOS DE TRACCION ANIMAL O MUSCULAR

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
16 nov de 1945fecha
Asunto municipaltipo
G. O. 6357Gaceta Oficial del 24 nov de 1945
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Decreto N° 3134 que aprueba una Ordenanza del Ayuntamiento de la Común de Puerto Plata sobre vehículos de tracción animal o muscular. — G. O. N° 6357, del 24 de Noviembre de 1945. RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA Presidente de la República Dominicana NUMERO 3134. En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 49 inciso 25° de la Constitución de la República, DECRETO: UNICO. — Aprobar los artículos 4 y 5 de la Ordenanza dictada por el Ayuntamiento de la Común de Puerto Plata en fecha 30 de Octubre del año en curso, cuyos textos se transcriben a continuación: "Art. 4. — Los dueños de vehículos de tracción animal o muscular, abajo especificados, deberán pagar al Tesorero de la Común, al tiempo de solicitar la inscripción, los derechos siguientes: a) Coches o quitrines, tirados por uno o más animales para uso público o privado. . . . . . . . . . . . $ 4.00 semestrales b) Carretas para uso público o privado tiradas por caballos, asnos o mulos. . . . . . . . . . . . . . . $ 4.00 c) Carretillas o carritos tirados por la mano del hombre, destinados a la venta de frutas, legumbres, refrescos, dulces o mercancías en general, o para uso de estableci- mientos comerciales o industriales... ...$ 2.00 semestrales d) Carretas para uso público o privado tiradas por bueyes... ...$ 10.00 anuales e) Bicicletas para uso de establecimientos comerciales e industriales... ...$ 3.00 " f) Bicicletas para uso privado... $ 2.00 " g) Cualquier otro vehículo de tracción animal o muscular, para uso público o privado, no especificado en esta Ordenanza... ...$ 4.00 " Art. 5.— Las inscripciones serán válidas solamente durante el semestre o el año para el cual hayan sido hechas." DADO en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los dieciseis días del mes de noviembre del año mil novecientos cuarenta y cinco, años 102° de la Independencia, 83° de la Restauración y 16° de la Era de Trujillo. RAFAEL L. TRUJILLO.

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona