Texto de la norma
Decreto No. 8709, que aprueba modificaciones en los Estatutos de la "Línea Unida Villa Duarte de Dueños de Autobuses" Inc.
(G. O. No. 7505, del 16 de diciembre de 1952)
HECTOR BIENVENIDO TRUJILLO MOLINA
Presidente de la República Dominicana
Número: 8709
VISTA la instancia que por conducto de la Procuraduría General de la República ha elevado al Poder Ejecutivo el señor Braulio Gómez, en su calidad de Presidente de la "Línea Unida Villa Duarte de Dueños de Autobuses", Inc., en solicitud de que sean aprobadas las modificaciones introducidas en los Estatutos de dicha sociedad, por la Asamblea General celebrada en fecha 8 de octubre del año en curso, y los documentos que la acompañan;
VISTAS las disposiciones de la Ley No. 520, del 26 de julio de 1920, sobre asociaciones que no tengan por objeto un beneficio pecuniario;
En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 49, inciso 3º de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.— Quedan aprobadas las modificaciones introducidas en los Estatutos de la "Línea Unida Villa Duarte de Dueños de Autobuses", Inc.
Art. 2.— Dicha aprobación será efectiva tan pronto como dicha Asociación realice los depósitos y la publicación a que se refiere el Art. 4 de la Ley ya citada.
DADO en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los cuatro días del mes de diciembre del año mil novecientos cincuenta y dos, años 109º de la Independencia, 90º de la Restauración y 23º de la Era de Trujillo.
HECTOR B. TRUJILLO MOLINA
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