jueves, 15 de octubre de 2026 Análisis con inteligencia artificial propietariaCómo analizamos
Notifacto.

Donde los medios rinden cuentas

Búsqueda avanzada
Recibir las actualizaciones
HoyPunto ciegoMediosEstadoCerca de tiTemasCompararArchivoBúsqueda avanzada
HoyPunto ciegoMediosBuscarCerca
Notifacto.

Los medios rinden cuentas.

contacto@notifacto.com
ExplorarHistorias de hoyResumen diarioPrimiciasPunto ciegoMedios y propietariosMapa de mediosDinero público y mediosTemasComparar mediosNoticias cerca de tiArchivo de historiasBuscar noticias
El Estado bajo la lupaVigilancia al EstadoSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
NotifactoQuiénes somosMetodologíaDatos abiertosFundadorRecibir las actualizaciones Canal de sindicación
LegalCentro legalAviso legalTérminos de usoPrivacidadUso de inteligencia artificialRectificaciones y réplica
Cada pieza es analizada con inteligencia artificial propietaria de Notifacto. Puede contener errores: revisa siempre la evidencia enlazada.
ResumenSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
FuncionariosDecretosRecién llegadosNóminaPatrimonioDeclaraciones
El Estado bajo la lupa

Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 8683

QUE AUTORIZA AL SEÑOR DIONISIO CASTILLO G., A HACER MODIFICACIONES EN SU NOMBRE

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
23 nov de 1952fecha
Otrostipo
G. O. 7503Gaceta Oficial del 1 ene de 1952
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
HECTOR BIENVENIDO TRUJILLO MOLINA Presidente de la República Dominicana Número 8683 CONSIDERANDO: que en fecha 19 de Noviembre del 1951 el señor Dionisio Castillo G., dominicano, mayor de edad, casado, comerciante, domiciliado y residente en [domicilio omitido], portador de la cédula de identificación personal [omitida], fué autorizado a realizar los procedimientos requeridos por la ley para cambiar su nombre por el de Dionisio Lucas Castillo G., por ser éste el que usa habitualmente y por el cual se le conoce; CONSIDERANDO: que en fecha 23 del mes de Noviembre del año 1951 el interesado hizo fijar por Alguacil en una de las puertas del Juzgado de Paz de la Común de Higüey, lugar de su nacimiento y residencia, un aviso en tal sentido, y que en fecha 25 de Febrero del año en curso, hizo publicar en la Gaceta Oficial otro aviso con igual propósito informativo; CONSIDERANDO: que en fecha 18 de Noviembre del año en curso, el Procurador General de la República ha comunicado al Poder Ejecutivo no haberse producido ninguna oposición al deseo del señor Dionisio Castillo G., en el sentido ya expresado; VISTOS los artículos 81, 82 y 83 de la Ley sobre Actos del Estado Civil No. 659 de fecha 17 de Julio del 1944; y en ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 49, inciso 3º de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: Art. 1.— El señor Dionisio Castillo G., de las generales indicadas, queda autorizado a cambiar su nombre por el de Dionisio Lucas Castillo G. Art. 2.— El presente decreto se publicará en un diario de circulación nacional, además de en la Gaceta Oficial. DADO en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los veintitrés días del mes de noviembre del año mil novecientos cincuenta y dos, años 109º de la Independencia, 90º de la Restauración y 23º de la Era de Trujillo. HECTOR B. TRUJILLO MOLINA.

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

Sigue explorando · Personas en el Estado

Todas las secciones →
  • FuncionariosCargo, sueldo, decretos y patrimonio de cada persona
  • Recién llegadosQuién entró a un cargo público y qué vínculos tenía
  • Nómina públicaQuién cobra en el Estado y cuánto, mes a mes
  • Cambios de patrimonioQuién más cambió entre dos declaraciones juradas
  • Declaraciones pendientesQuién no presentó su declaración jurada a tiempo

Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona