Decreto Nº 3955, que convoca las Cámaras Legislativas en legislatura extraordinaria. G. O. Nº 8269. del 31 de Julio de 1968.
HECTOR BIENVENIDO TRUJILLO MOLINA
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 3955
VISTO el párrafo del artículo 34 de la Constitución de la República, y en ejercicio de la atribución que me confiere el inciso 2º del artículo 54 de la misma, dicto el siguiente
DECRETO:
UNICO.—Quedan convocadas las Cámaras Legislativas para que se reúnan en legislatura extraordinaria el martes 29 de julio de 1958, a fin de que conozcan, hasta la apertura de la legislatura ordinaria el 16 de agosto del presente año, de los asuntos pendientes, así como de los que les someta el Poder Ejecutivo.
DADO en Ciudad Trujillo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintiún días del mes de Julio del mil novecientos cincuenta y ocho; Años 115º de la Independencia, 95º de la Restauración y 29º de la Era de Trujillo.
HECTOR B. TRUJILLO MOLINA
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