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El Estado bajo la lupa

Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 3603

QUE NOMBRA AL CORONEL ERNESTO VEGA Y PAGAN, E.N. AGREGADO DE LAS FUERZAS ARMADAS EN LA EMBAJADA DE LA REPUBLICA EN CARACAS, VENEZUELA.

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
11 mar de 1958fecha
Designacióntipo
G. O. 8225Gaceta Oficial del 1 ene de 1958
Poder Ejecutivoórgano
1persona nombrada

Personas que nombra En verificación

PersonaQué dice el decretoCargo e institución
Ernesto Vega y PagánDesignaciónAgregadoFuerzas Armadas en la Embajada de la República en Caracas, Venezuela

Leídas del texto del decreto: puede haber errores de lectura. El enlace con otras fuentes es por nombre y puede tratarse de otra persona con el mismo nombre.

Seguimiento Por nombre

Después del decreto: la declaración jurada de patrimonio de cada persona designada, sus cargos anteriores y si hoy dirige la institución.

  • Ernesto Vega y Pagán · Agregado · Fuerzas Armadas en la Embajada de la República en Caracas, Venezuela

    Otros 2 decretos con este nombre →

El cruce con el directorio oficial de funcionarios y con la lista de declaraciones juradas de la Cámara de Cuentas es por nombre (y, en la declaración, por el número del decreto): puede tratarse de otra persona con el mismo nombre.

Texto

Texto de la norma
Decreto Nº 3603, que nombra al Coronel Ernesto Vega y Pagán, E. N., Agregado de las Fuerzas Armadas en la Embajada de la República en Caracas, Venezuela. G. O. Nº 8225, del 15 de Marzo de 1958. HECTOR BIENVENIDO TRUJILLO MOLINA Presidente de la República Dominicana NUMERO 3603 VISTO el artículo 13 de la Ley Orgánica de la Secretaría de Estado de Relaciones Exteriores, Nº 617, del 29 de mayo de 1944, modificado por la Ley Nº 1702, del 30 de abril de 1948; En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 54 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: Art. 1.—El Coronel Ernesto Vega y Pagán, E. N., queda nombrado Agregado de las Fuerzas Armadas en la Embajada de la República en Caracas, Venezuela. Art. 2.—Queda derogado el Decreto Nº 2192, del 21 de febrero de 1957. DADO en Ciudad Trujillo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los once días del mes de marzo del mil novecientos cincuenta y ocho; Años 115º de la Independencia, 95º de la Restauración y 28º de la Era de Trujillo. HECTOR B. TRUJILLO MOLINA.

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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  • Cambios de patrimonioQuién más cambió entre dos declaraciones juradas
  • Declaraciones pendientesQuién no presentó su declaración jurada a tiempo

Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona