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Texto
Texto de la norma
RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 2988.
En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 49 inciso 3º de la Constitución de la República;
CONSIDERANDO: Que la señora Altagracia Peguero Vda. Cordero ha prestado eficientes servicios al Estado, por espacio de treinta y cinco años, en el ramo de la Instrucción Pública, y que su edad justifica la jubilación que ha solicitado;
VISTA la Ley Nº 168, sobre Concesión de Pensiones del Estado, del 30 de Enero de 1943,
DECRETO:
UNICO.— Se concede el beneficio de la jubilación a la señora Altagracia Peguero Vda. Cordero, y se le asigna una pensión mensual de veinte pesos, pensión que será pagada con cargo al Sin:olo correspondiente de la Ley de Gastos Públicos.
DADO en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los diecisiete días del mes de de septiembre del año mil novecientos cuarenta y cinco, años 102º de la Independencia, 83º de la Restauración y 15º de la Era de Trujillo.
RAFAEL L. TRUJILLO.
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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.
Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona