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Texto de la norma
DECRETO:
Art. 1.— Se concede el beneficio de la jubilación al señor Pablo Barinas, antiguo servidor del Estado en el ramo de la educación pública y se le asigna una pensión de (RD$100.00) mensuales.
Art. 2.— Dicha pensión se pagará con cargo al Fondo de Pensiones y Jubilaciones Civiles de la Ley de Gastos Públicos.
Art. 3.— El indicado tipo de pensión regirá desde el 1º de Enero de 1953, fecha en la cual quedará modificado en cuanto sea necesario el Decreto No. 4284, del 16 de Abril de 1947.
DADO en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los ocho días del mes de noviembre del año mil novecientos cincuenta y dos, años 109º de la Independencia, 90º de la Restauración y 23º de la Era de Trujillo.
HECTOR B. TRUJILLO MOLINA.
Decreto No. 2356, que declara de utilidad pública la adquisición por el Distrito de Santo Domingo, de una porción de terreno para la prolongación de la Avenida Bolívar.
(G. O. No. 7493, del 15 de noviembre de 1952)
HECTOR BIENVENIDO TRUJILLO MOLINA
Presidente de la República Dominicana
Número: 8356
VISTAS la Ley de Dominio Eminente, No. 480, del 20 de Mayo de 1920 y la Ley No. 344, sobre Procedimiento de Expropiación por el Estado y las Comunes, del 29 de Julio de 1943 y sus modificaciones;
VISTO el artículo 18 de la Ley que instituye la Administración General de Bienes Nacionales, No. 1832, del 3 de Noviembre de 1948;
VISTO el artículo 6, inciso 7º de la Constitución de la República, y en ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 49, inciso 3º de la misma Constitución, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.— Se declara de utilidad pública la adquisición por el Distrito de Santo Domingo, del terreno constitutivo de la Par-
cela No. 16-A-2, del Distrito Catastral No. 2, del Distrito de Santo Domingo, para prolongar la Avenida Bolivar, de Ciudad Trujillo, Parcela perteneciente a la señora Rosario Ginebra Vda. del Castillo y sus hijos.
Art. 2.— Queda investido el Consejo Administrativo del Distrito de Santo Domingo para realizar la expropiación forzosa del inmueble indicado y para efectuar todos los actos y procedimientos que sean de lugar con tal propósito.
DADO en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los ocho días del mes de noviembre del año mil novecientos cincuenta y dos, años 109º de la Independencia, 90º de la Restauración y 23º de la Era de Trujillo.
HECTOR B. TRUJILLO MOLINA.
Decreto No. 8657, que nombra la Delegación del Gobierno ante la VII Reunión de la Conferencia General de la UNESCO.
(G. O. No. 7492, del 15 de noviembre de 1952)
HECTOR BIENVENIDO TRUJILLO MOLINA
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 8657
En ejercicio de las atribuciones que me confiere la Constitución de la República,
DECRETO:
PRIMERO.— Los señores Licenciado Pedro Troncoso Sánchez, Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República en Francia, y Doctor Horacio Vicioso Soto, Ministro Consejero de la Embajada en dicho país, quedan nombrados para integrar la Delegación del Gobierno dominicano ante la VII Reunión de la Conferencia General de la UNESCO que se celebrará en París a partir del 12 de noviembre del corriente año.
SEGUNDO.— El Embajador Licenciado Pedro Troncoso Sánchez, presidirá la Delegación.
DADO en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los diez días del mes de no-
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