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Texto de la norma
Decreto No. 86447, que otorga el exequitur de ley a! Doctor Juan Alfredo
Oscar Hernandez, como Abogado,
y a1 sefior Silvestre Aybar
Garrigosa, como Ingeniero Civil.
(G. 0. No. 7494, del 13 de noviembre de 1952)
HECTOR BIENVENZDO TRUJILLO MOLINA
Presidente de la Rep fiblica Dominicam
Niimero 8647
PISTA la Ley No. 111 de fecha 3 de Noviembre de 1942, so-
bre Exequatur de Profesionales ;
En ejercicio de la atribuci6n' que me confiere el articulo
49, inciso 39 de la Constitucih de la Republica, dicto el siguiente
DECRETO :
UNIC0.-
Se otorga el exequatur de ley para que puedaii
cjercer en todo el territorio de la Republica sus respectivas pro-
fesiones, de conformidad con las leyes y reglamentos de la rna-
ieria, a las siguientes personas :
a) A1 Doctor Juan Alfredo Oscar Hernandez Rosario, como
b) AI seiior Silvestre Aybar Garrigosa, como Ingeniero Ci-
Abogado ; y
vil.
DADO en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Ca-
pital de la Republica Dorninicana, a 10s tres dias del ines da
noviembre del a5u mil novecientos cincuenta y db:. afios 109Q de
la Indcpendencia, 900 de la Restauracih y 239 de la Era de Tru-
jilln.
HECTOR B. TRUJZLLO MOLINA.
Decreto No. 8648, quc reorganiza la Junta Monetaria.
(G. 0. No. 7483, del 7 d2 noviembre de 1952)
HECTOR BIENVENZDO TRUJZLLO MOLINA
Presidcnte de la Repziblica Dozninicana
Nii-rnero : 8648
VISTA la Ley Orginica del Ranco Zevtral de la Republica
Iyo. 1529, del 9 de Octubre de 1947, moclifkada POI" Ias Leyes
No. 2666, del 31 de Diciembre de 1950 y No. 3014, del 28 de ,Julio
de 1953;
En ejercicio de la atribucibn que me confiere el articulo 49,
inciso 50, de la Constitucibn de la Reptiblica, dicto el siguiente
DECRETO :
Art. 1.- Para integrar la Junta Monetaria, Grgano superior
del Banco Central, adembs de lo miembros ex oficio, quedan
desgnadas las siguientes personas :
Voca1es.-
Anselmo A. Paulino Alvarez, Rafael Esteva,
Edwin I. Kilbourne, Telksforo R. Caldertn, Jose Garcia, J. E.
Vicini, Licenciado Carlos F. d? Moya, Doctor Manuel Resumil
Aragunde, Andres Pastoriza, Modesto Diaz y Andr6s Alba.
Sup1entes.-
Ricardo Ricast, Lie. Porfirio Herrera Bbez,
Juan R. Santoni, Ingeniero Jose A. Caro, Ingenicro Salvador
FernBndez, Jos6 Dolores Guerrero, Dr. Cristbbal J. Gbmez Yan-
giiela, Lic. Juan Arce Medina, August0 Vega Espaillat, Dr. Gil-
berto Morillo Soto y Erasmo Noboa.
Art. 2.- Quedan derogados 10s Decretos No. 7959, del 8 de
Enero de 1952 y No. 8539, del 22 de Septiembre de 1952, publi-
cados en las Gncetas Oficiales Nos. 7382 y 7473, respectivamen-
te.
DADO en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Ca-
pital de la Reptiblica Dominicana, a 10s tres dias del mes de
noviembre del aiio mil novecientos cincuenta jr dos, aiios 109:
de la Independencia, 900 de la Restauracih y 239 de la Era (12
'Yrujillo.
HECTOR B. TRUJILLO MOLINA.
Decreto No. 8649, que inviste con Plerios Poderes sl Lic. Virgilio Ciaa Grds-
fiez, para suscribir el Tratado de Amistad entre la Replblica
(G.
0. No. 7431, del 12 de noviembre de 1 C X )
y %spal'?a.
HECTOR BIENVENIDO TRUJILLO MOLINA
Presidente de la Repziblica Dominicana
NUMERO: 8649
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo
49, inciso 39 de la Constitucih de la Republca, dicto el siguiente
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.