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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 8602

QUE DECLARA DE UTILIDAD PUBLICA LA EXPROPIACION DE UNA PORCION DE TERRENO PARA LA CONSTRUCCION DE UN FORTALEZA MODERNA

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
16 oct de 1952fecha
Utilidad pública o expropiacióntipo
G. O. 7483Gaceta Oficial del 1 ene de 1952
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Decreto No. 8602, que declara de utilidad pública la expropiación de una porción de terreno para la construcción de una fortaleza moderna. (G. O. No. 7483, del 25 de octubre de 1952) HECTOR BIENVENIDO TRUJILLO MOLINA Presidente de la República Dominicana Número: 8602 VISTAS la Ley de Dominio Eminente No. 480 del 20 de Mayo de 1920, y sus modificaciones, y la Ley No. 344 sobre Procedimiento de Expropiación por el Estado, las Comunes y el Distrito de Santo Domingo, del 29 de Julio de 1943; VISTO el artículo 18 de la Ley que instituye la Administración General de Bienes Nacionales, No. 1832 del 3 de Noviembre de 1948; VISTO el artículo 6 inciso 7 de la Constitución de la República, y en ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 49 inciso 3º de la misma Constitución, dicto el siguiente DECRETO: Art. 1.— Se declara de utilidad pública la adquisición, por el Estado, para la construcción de una Fortaleza moderna, de una porción de terreno de 1,000 tareas de extensión comprendida dentro de la Parcela No. 122 del Distrito Catastral No. 3, del Distrito de Santo Domingo, propiedad de la Sucesión Henríquez. Art. 2.— El Administrador General de Bienes Nacionales queda investido, por el presente Decreto, de los poderes necesarios para realizar todos los actos, procedimientos y recursos tanto ordinarios como extraordinarios que sean de lugar de acuerdo con las leyes, para la adquisición del inmueble descrito anteriormente. DADO en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los dieciseis días del mes de octubre del año mil novecientos cincuenta y dos, años 109º de la Independencia, 90º de la Restauración y 23º de la Era de Trujillo. HECTOR B. TRUJILLO MOLINA.

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona