Texto de la norma
Decreto No. 8558, que nombra varios jueces para Consejo de Guerra Permanentes.
(G. O. No. 7475, del 1ro. de octubre de 1952)
HECTOR BIENVENIDO TRUJILLO MOLINA
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 8558
VISTO el Código de Justicia Militar;
En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 49, inciso 17 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
UNICO.— Quedan nombrados los siguientes Oficiales del Ejército Nacional, para integrar los Consejos de Guerra Permanentes de Ciudad Trujillo, Departamento Norte, Departamento Sur, Departamento Este y Departamento Nordeste;
CONSEJO DE GUERRA PERMANENTE, CIUDAD TRUJILLO
a) Segundo Teniente HECTOR MANUEL BLANCO PEREZ, como Juez, en sustitución del Segundo Teniente MIGUEL ANGEL FIALLO SOÑE, E. N.;
CONSEJO DE GUERRA PERMANENTE DEL DEPARTAMENTO NORTE:
b) Capitán Juan Ant. HERNANDEZ POLANCO, O.G., y M. M., como Juez en sustitución del Capitán LUIS ENRIQUE MONTES DE OCA D., E. N.
CONSEJO DE GUERRA PERMANENTE DEL DEPARTAMENTO SUR:
c) Segundo Teniente MILCIADES MONTES DE OCA Y
CAAMAÑO, como Juez, en sustitución del Segundo Teniente JULIO CASTRO, E. N.;
CONSEJO DE GUERRA PERMANENTE DEL DEPARTAMENTO ESTE:
d)— Segundo Teniente AMADO GARCIA GUERRERO, como Juez, en sustitución del Segundo Teniente DOMINGO LOPEZ, O. G. y M.M., E. N.;
CONSEJO DE GUERRA PERMANENTE DEL DEPARTAMENTO NORDESTE:
e)— Capitán MARCOS ANIBAL RIVERA CUESTA, como Juez, en sustitución del Primer Teniente JACOBO E. FERNANDEZ MOTA, E. N.
DADO en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los veintisiete días del mes de septiembre del año mil novecientos cincuenta y dos, años 109º de la Independencia, 90º de la Restauración y 23º de la Era de Trujillo.
HECTOR B. TRUJILLO MOLINA.
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