miércoles, 14 de octubre de 2026 Análisis con inteligencia artificial propietariaCómo analizamos
Notifacto.

Donde los medios rinden cuentas

Búsqueda avanzada
Recibir las actualizaciones
HoyPunto ciegoMediosEstadoCerca de tiTemasCompararArchivoBúsqueda avanzada
HoyPunto ciegoMediosBuscarCerca
Notifacto.

Los medios rinden cuentas.

contacto@notifacto.com
ExplorarHistorias de hoyResumen diarioPrimiciasPunto ciegoMedios y propietariosMapa de mediosDinero público y mediosTemasComparar mediosNoticias cerca de tiArchivo de historiasBuscar noticias
El Estado bajo la lupaVigilancia al EstadoSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
NotifactoQuiénes somosMetodologíaDatos abiertosFundadorRecibir las actualizaciones Canal de sindicación
LegalCentro legalAviso legalTérminos de usoPrivacidadUso de inteligencia artificialRectificaciones y réplica
Cada pieza es analizada con inteligencia artificial propietaria de Notifacto. Puede contener errores: revisa siempre la evidencia enlazada.
ResumenSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
FuncionariosDecretosRecién llegadosNóminaPatrimonioDeclaraciones
El Estado bajo la lupa

Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 8557

QUE MODIFICA LOS ARTÍCULOS 4 Y 5 DEL REGLAMENTO N° 5819 SOBRE ADQUISICION DE ARTÍCULOS Y PAGOS DE SERVICIOS Y TRABAJOS PARTICULARES

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
26 sept de 1952fecha
Reglamentotipo
G. O. 7475Gaceta Oficial del 1 ene de 1952
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Decreto No. 8557, que modifica los artículos 4 y 5 del Reglamento No. 5819, sobre adquisición de artículos y pago de servicios y trabajos particulares. (G. O. No. 7475, del 1ro. de octubre de 1952) HECTOR BIENVENIDO TRUJILLO MOLINA Presidente de la República Dominicana Número: 8557 En ejercicio de las atribuciones que me confieren los incisos 3º y 4º del artículo 49 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: Art. 1.— Se modifican los artículos 4 y 5 del Reglamento sobre adquisición de artículos y pago de servicios y trabajos particulares que no se hagan por vía de la Oficina de Suministros del Gobierno, No. 5819, del 22 de Mayo de 1949, publicado en la Gaceta Oficial No. 6938, para que se lean del siguiente modo: "Art. 4.— En el caso de que el gasto de que se trate exceda de RD$500.00, el Departamento interesado someterá el expediente a una Comisión adscrita a la Secretaría de Estado de la Presidencia que con la denominación de "Comisión Coordinadora de Compras Directas", será nombrada en virtud de este Reglamento. La Comisión Coordinadora hará las recomendaciones que estime de lugar al Poder Ejecutivo, pudiendo, antes de esa actuación, solicitar de cualquier fuente los datos e informes que estime necesarios para su edificación. Art. 5.— Si el Poder Ejecutivo aprobare la operación de grado a grado, la Comisión comunicará esta decisión al Departamento interesado para que realice dicha operación. Si la decisión del Poder Ejecutivo fuere la celebración de un concurso, se hará la misma comunicación para que el Departamento interesado realice dicho concurso, correspondiendo a la Comisión decidir sobre el concurso y la adjudicación e informar de su decisión al Poder Ejecutivo y al Departamento interesado. La Comisión po- drá también realizar ella misma el concurso, comunicando el resultado al Poder Ejecutivo y al Departamento interesado". Art. 2.— Queda derogado el Decreto No. 6891, del 17 de Octubre de 1950, publicado en la Gaceta Oficial No. 7197. DADO en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los veintiseis días del mes de septiembre del año mil novecientos cincuenta y dos, años 109º de la Independencia, 90º de la Restauración y 23º de la Era de Trujillo. HECTOR B. TRUJILLO MOLINA

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

Sigue explorando · Personas en el Estado

Todas las secciones →
  • FuncionariosCargo, sueldo, decretos y patrimonio de cada persona
  • Recién llegadosQuién entró a un cargo público y qué vínculos tenía
  • Nómina públicaQuién cobra en el Estado y cuánto, mes a mes
  • Cambios de patrimonioQuién más cambió entre dos declaraciones juradas
  • Declaraciones pendientesQuién no presentó su declaración jurada a tiempo

Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona