Texto de la norma
Decreto No. 8464 que nombra jueces para los Consejos de Guerra Permanentes.
(G. O. No. 7460, del 20 de agosto de 1952)
HECTOR BIENVENIDO TRUJILLO MOLINA
Presidente de la República Dominicana
Número: 8464.
VISTO el Código de Justicia Militar;
En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 49, inciso 17 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
UNICO.— Los siguientes Oficiales del Ejército Nacional, quedan nombrados para integrar los Consejos de Guerra Permanentes de Ciudad Trujillo y de los Departamentos Este y Nordeste, respectivamente:
CONSEJO DE GUERRA PERMANENTE, CIUDAD TRUJILLO:
a).— Segundo Teniente Miguel Angel Fiallo Soñé, E. N., como Juez, en sustitución del Segundo Teniente Miguel Angel Peña, E. N.;
CONSEJO DE GUERRA PERMANENTE, DEPARTAMENTO ESTE:
b).— Capitán Enrique Torchio R., E. N., como Juez, en sustitución del Capitán Felipe A. Jacobo, E. N.; y
CONSEJO DE GUERRA PERMANENTE, DEPARTAMENTO NORDESTE:
c).— Primer Teniente Carlos Manuel Hernando Ramírez, E. N., como Juez, en sustitución del ex-Primer Teniente George Augusto Fou Fiallo, E. N.
DADO en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los dieciocho días del mes de agosto del año mil novecientos cincuenta y dos, años 109° de la Independencia, 90° de la Restauración y 23° de la Era de Trujillo.
HECTOR B. TRUJILLO MOLINA
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