Decreto N° 2758, que modifica el art. 1 del Decreto N° 1522 que declara el "Día del Alcalde Pedáneo". — G. O. N° 6276, del 23 de Junio de 1945.
RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 2758.
En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 49
inciso 3º de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
UNICO. — Se modifica el artículo 1 del Decreto Nº 1522, del 13 de Noviembre de 1943, para que se lea del siguiente modo:
"Art. 1. — Se declara "Día del Alcalde Pedáneo" el 2 de Julio de cada año, que será celebrado en todo el territorio de la República con actos apropiados. Cuando el 2 de Julio no caiga en domingo o en otro día feriado, las celebraciones tendrán efecto el domingo siguiente".
DADO en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los diecinueve días del mes de junio del año mil novecientos cuarenta y cinco, años 102º de la Independencia, 82º de la Restauración y 16º de la Era de Trujillo.
RAFAEL L. TRUJILLO.
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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona