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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 2658

QUE APRUEBA LA TARIFA DE TRANSITO EN EL AERODROMO "CRISTOBAL COLON", DE CIUDAD TRUJILLO

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
8 may de 1945fecha
Otrostipo
G. O. 6252Gaceta Oficial del 12 may de 1945
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Decreto Nº 2658, que aprueba la tarifa de tránsito en el Aeródromo "Cristóbal Colón", de Ciudad Trujillo.— G. O. Nº 6252, del 12 de Mayo de 1945. RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA Presidente de la República Dominicana NUMERO 2658. En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 49 inciso 3º de la Constitución de la República; VISTO el artículo 10 del Contrato intervenido entre el Gobierno y el señor Lowell Yerex, el 16 de Octubre de 1942, del cual es actual cesionaria la Taca Airways S. A., dicto el siguiente DECRETO: Art. 1.— Queda aprobada la siguiente tarifa de tránsito en el Aeródromo Cristóbal Colón, de Ciudad Trujillo, preparada por la Taca Airways, S. A., y sometida al Poder Ejecutivo por conducto de la Secretaría de Estado de Guerra y Marina, para ser aplicada a los aviones que no sean de la Taca Airways, S. A.: TASA: Por tonelada gruesa . . . . . . . . . . $ 3.50 (M. A.) (Si un operador hace más de 60 aterrizajes por mes, un descuento especial de 20% será hecho a la tasa arriba mencionada). Por cada aterrizaje y despegue entre las horas de la puesta y salida del sol un cargo adicional de . . . . . . . . . . . . $ 5.00 (M. A.) Se entiende que cada aeroplano que aterrice en el Aeródromo Cristóbal Colón pagará esta tarifa al Administrador de la Taca Airways, S. A. inmediatamente después de aterrizar o antes de partir a menos que arreglos anteriores hayan sido hechos. Se entiende además que esta tarifa no es aplicable a los aeroplanos no comerciales que pertenecen al Gobierno Dominicano o aquellos que están exentos de dicho pago por virtud de contratos previos. DADO en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los ocho días del mes de mayo del año mil novecientos cuarenta y cinco, años 102º de la Independencia, 82º de la Restauración y 15º de la Era de Trujillo. RAFAEL L. TRUJILLO.

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona