Texto de la norma
Decreto No. 8455, que integra el Comité Nacional del Desayuno y Ropero Escolar
(G. O. No. 7461, del 23 de agosto de 1952)
RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA
Presidente de la República Dominicana
Número: 8455.
En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 49, incisos 3º y 5º de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.— El Comité Nacional del Desayuno y Ropero Escolar, previsto en la Ley No. 3360, del 9 de Agosto del presente año, estará integrado de la manera siguiente:
Licenciado Félix E. Valera, Presidente; el Ayudante del Secretario de Estado de Trabajo y Previsión Social; el Ayudante del Secretario de Estado de Salud Pública; el Presidente de la Junta del Partido Dominicano del Distrito de Santo Domingo y el Presidente de la Sociedad de Padres y Amigos de la Escuela que señale el Secretario de Estado de Educación y Bellas Artes, Vocales.
Art. 2.— El presente decreto deroga el Decreto No. 6245
de fecha 2 del mes de Enero de 1950, publicado en la Gaceta Oficial No. 7063.
Art. 3.— Envíese al Secretario de Estado de Educación y Bellas Artes, para los fines correspondientes.
DADO en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los catorce días del mes de agosto del año mil novecientos cincuenta y dos, años 109º de la Independencia, 89º de la Restauración y 23º de la Era de Trujillo.
RAFAEL L. TRUJILLO.
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