Texto de la norma
Decreto No. 8372, que requiere un permiso para In iiiiportacion de toda clase
de fertilizantcs.
(G. 0. No. 7445, del 12 de julio de 1952)
RAF,4EL L E O N I D A S TRUJILLO MOLIA'A
PwsZdente de la Repziblica Dominicanit
N6mero : 8372.
En virtud de 10s poderes de que estoy investido por la Ley
No. 2700, del 28 de Enero de 1951, y en ejercicio de la atribuci6n
que me confiere el articulo 49, inciso 30 de la Constituci6n de
!a Republica, dicto el siguiente
DECRETO :
Art. 1.- A partir de la vigencia del presente Decreto, la
importaci6n de todo fertilizante requerira un permiso de la Se-
cretaria de Estado de Agricultura, Pecuaria y Colonizaci6n.
Art. 2.-
Para la expedici6n de este permiso, dicha Secre-
taria exigirh que el product0 sea sometido a un previo exameii
por 10s Laborfatorios de su dependencia.
Art. 3.-
El permiso ser& negado, cuando el resultado de
dicho examen no sen satisfactorio.
Art. 4.- Toda infracci6n a1 presente Decreto, se castigar6
i.on las penas de prisi6n y multa establecidas en el articulo 3 de
la Ley No. 2700 ya citada..
DADO en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Ca-
pital de la Repiiblica Dominicana, a 10s cinco diw del mes de
Julio del afio mil novecientos cincuenta y dos, afios 1099 de la
rndependencia, 899 de la Restauraci6n y 230 de la Era de Tru-
jillo.
€2 A FA EL L . TI2 UJ I L LO.
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