Texto de la norma
Decreto No. 8326, que autoriza a la Sociedad Religiosa "San Vicente de Paúl" a recibir legado.
(G. O. No. 7436, del 20 de junio de 1952)
RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA
Presidente de la República Dominicana
Número: 8326.
VISTA la instancia suscrita por el Arzobispo de Santo Domingo, de fecha 20 de Mayo del año en curso, dirigida por conducto de la Secretaría de Estado de Relaciones Exteriores y Culto;
VISTOS los artículos 910 y 937 del Código Civil;
VISTA la Ley No. 117, del 20 de Abril de 1931;
En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 49, inciso 3º de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.— Por el presente Decreto, se autoriza a la Sociedad Religiosa "San Vicente de Paul", que funciona en esta ciudad, bajo la dependencia de la Iglesia Católica Apostólica Romana, a recibir un legado de RD$5,000.00 hecho en su favor por testamento de la señora Carmen Galván Aguiar Vda. Galván.
Art. 2.— Envíese al Procurador General de la República y al Administrador General de Bienes Nacionales, para los fines correspondientes.
DADO en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los ocho días del mes de Junio del año mil novecientos cincuenta y dos, años 109º de la Independencia, 89º de la Restauración y 23º de la Era de Trujillo.
RAFAEL L. TRUJILLO.
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