Texto de la norma
Decreto No. 8262, que concede nacionalidad dominicana a los menores Margarita Victoria del Carmen, y Ramón Francisco García.
(G. O. No. 7432, del 7 de junio de 1952)
RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 8262.
VISTA la solicitud elevada al Poder Ejecutivo por el señor Antonio Gil García, fechada en Oranjestad, Aruba, A. H., el 10 de marzo del año en curso, por conducto de la Secretaría de Estado de Relaciones Exteriores y Culto, y los documentos que la acompañan;
VISTO el Párrafo I del artículo 26 de la Ley sobre Naturalización, agregado por la Ley Nº 2665, del 31 de diciembre
de 1950; y en ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 49, inciso 3º de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.— Se concede la naturalización dominicana a los menores Margarita Victoria del Carmen, y Ramón Francisco García, nacidos en Aruba, A. H., el día 26 de agosto de 1950, y 20 de septiembre de 1951, respectivamente, hijos del solicitante señor Antonio Gil García.
Art. 2.— Al alcanzar la edad de 18 años, los menores favorecidos por el presente Decreto podrán optar definitivamente por la nacionalidad dominicana en la forma prevista por el artículo 8, inciso 3º de la Constitución.
Art. 3.— Envíese a las Secretarías de Estado de lo Interior, Policía y Comunicaciones y de Relaciones Exteriores y Culto, para fines de registro.
DADO en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los catorce días del mes de mayo del año mil novecientos cincuenta y dos, años 109º de la Independencia, 89º de la Restauración y 22º de la Era de Trujillo.
RAFAEL L. TRUJILLO.
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