Texto de la norma
RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 2812.
VISTA la instancia que por conducto de la Secretaría de Estado de lo Interior y Policía ha elevado el señor Alberto Brinz Chamoun, mayor de edad, de estado soltero, estudiante y oficinista, domiciliado y residente en [domicilio omitido];
VISTOS los documentos que acompañan a dicha instancia;
VISTO el artículo 1, apartado (b) de la Ley Nº 1227, del 4 de Diciembre de 1929;
CONSIDERANDO: Que el peticionario demuestra en los documentos aludidos que ha tenido una residencia no interrumpida de más de diez años en la República;
CONSIDERANDO: Que en el presente caso se han cumplido todas las demás formalidades y requisitos que la ley exige para que un extranjero pueda adquirir la nacionalidad dominicana por naturalización;
En ejercicio de la atribución que me confieren el artículo 49 inciso 3º de la Constitución de la República y la Ley ya indicada, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.— Se concede carta de naturalización al señor Alberto Brinz Chamoun, de las calidades arriba expresadas.
Art. 2.— El beneficiario recibirá la carta de naturalización de manos del Presidente del Consejo Administrativo del Distrito de Santo Domingo, previo juramento de fidelidad a la República prestado ante dicho funcionario, de todo lo cual se redactará acta que deberá publicarse en la Gaceta Oficial.
Art. 3.— Este Decreto será registrado en las Secretarías de Estado de lo Interior y Policía, y de Relaciones Exteriores.
DADO en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los nueve días del mes de julio del año mil novecientos cuarenta y cinco, años 102º de la Independencia, 82º de la Restauración y 16º de la Era de Trujillo.
RAFAEL L. TRUJILLO.
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