Texto de la norma
inciso 10 de la Constitucih de la Repcblica, dicto el siguiente
D E C R E T O :
Art. 1.- A partir de la vigencia del presente Decreto, el
Doctor R. Espaillat de la Mota, reasumirh sus funciones de Se-
cretario de Estado de Salud Publica y Previsi6n Social.
Art. 2.-
Queda sin efecto el Decreto NQ 7477, de fecha
27 de junio del aiio en curso.
DADO en 'Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Ca-
pital de la iRep6blica Dominicana, a 10s seis dias del mes
de juiio del aiio mil novecieotos cincuenta y uno, aiias 1089 de
la Independencia, 889 'de la Restauraci6n y 229 de la Era de
,Tru jillo.
HECTOR B. TRUJILLO MOLINA.
Decret3 N9 75010 que cancela las Letras Patentes que acreditaban a1 se-
Bor Edwin iMiller como 'Cbnsul Honorario de la Rephblica Dominicana
en Phoenix, Arizona, E. U, de A .- G. 0. NP 7311, del 28 de Julio de 1951.
GENERAL HECTOR B. TRUJILLO MOLINA
Pecretario de Estado de (Guerra, Marina y Aviacih
Encargado del Poder Ejecutivo
--
NUMERO: 0'500.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el articulo
5 9 de la Constitucidn de la Republica, dicto el siguiente
D E C R E T O :
UNJC0.-
Quedan canceladas lss Letras Patentes que a-
creditaban a1 sefior Edwin Miller como C6nsuil Honorario de la
IRepcblica Dominicana en Phoenix, Arizona, Estados Unidos
de America.
DADO en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Ca-
pital de la /Republica Dominicana,
a 10s seis dias del mes
de julio del afio mil novecientos cincuenta y pno, afios 1089
de la Indmendencia. 889 de la Restauracih Y 229 de la Era de
Tru jillo.
HECTOR E. TRUJILLO MO'LINA.
-
Decreto NQ 75101 que aoncede la incorporaci6n a1 Gremio de Panaderos
de Santiago.-
G. 0. No 73019, del 21 de Julio de 1951.
GENERAL HECTOR B. TlRUJILLO MOLINA
,&cretario de Estado de IGuerra, Marina y Aviacih
Encargado del Poder E jecutivo
NUMERO: 7501.
VISTA la instancia elevada a1 Poder E$x?utivo, por con-
ducto de la Secretaria de Estado del Trabajo, en soilicitud de
acompafian la instancia ;
la incorporacih c?el iGremio de IPanaderos de Santiago, de con-
formidad con la Ley de la materia;
VJSTOS 10s documentos
VISTAS las disposiciones de la Ley NQ 520, del 26 de ju-
lio de 1920, sobre asociacionas que no tengan por objeto un
beneficio pecuniario, y las de la Ley NQ 311, del 8 de julio de
1943, que restablece el articulo 5 de la Ley NQ 2617, del 10 de
mayo ae 1940;
ICOINSIDERAND~O
: Que del estudio del expediente resulta
\que se han cumplido todas las condiciones y formalidades exi-
giaas por la Ley para obtener la incorporacih;
En ejercicio de la atribuci6n que me confiere el articulo 49,
inciso 30 de la Constitucibn cle la Republica, dicto el siguiente
D E C ' R E T O :
Art. 1.-
Se concede el beneficio de la incorporaci6n al
Gremio de Fanaderos de Santiago.
Art. 2.- La incorporacih serh efectiva tan pronto como
el Grzqio de Panaderos de Santiago realice el dep6sito y la pu-
blicaci6n a lque se refiere el articulo 4 clte la Lay NO 520, de
1920'.
DADO en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Ca-
pital de la
Repllxblica Dominicana,
a 10s seis dias del rnes
de juEo del ano mil novecientos oincuenta y uno, afios 10180 de
In Independencia, 880 de la Restauracidn y 220 de la Era de Tru-
jillo .
HEICTONR
.B . TRlUJILLO MOLINA.
L----
Decrei,, Nr, 7500 que nornbra a1 Licenciado J e s k Maria Troneoso Sin-
chez, Representante de la Rep6blica en el IComitk addhoc de Tkcnicos de
Banco.: Centrales, Tesorerias y otros organismos fiscales de las Repcblicas
Arnericanas.-
G. 0. No 7307, del 14 de Julio de 1951.
GENERAL HECTOR B. TRUJILLO MOLINA
Secretario de [Estado de Guerra, Marina y Aviacih
Encargado del Poder Ejecutivo
NUME'RIO : 7502.
En ejercicio de la atribucih que me confiere el articulo
49, inciso 5Q de la Constituci6n de la [Repablica, dicto el siguien-
te
D E C R E T O :
UXLOO . - E1 Licenciado Jesfis Maria Trpncoso Sanchez,
Presidente de la Comisi6n de Defensa del Azucar y Fomento
de la Cafia, queda nombrado representante de la Repfiblica,
en el Cornit6 ad-hoc de T6cnicos de Bancos Centrales, Tesore-
rias y otros organismos fiscales de las Repfiblicas Americanas
el cual se reunira en Washington, D. IC. , a partir del 16 de Julio
pr6ximo conforme a la Resoluci6n VII, de la IV Reuhi6n de
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.