Texto de la norma
Decreto Nº 7435 que jubila con pensión del Estado al señor don Luis E. Aybar R.— G. O. Nº 7295, del 9 de Junio de 1951.
GENERAL HECTOR B. TRUJILLO MOLINA Secretario de Estado de Guerra, Marina y Aviación Encargado del Poder Ejecutivo
NUMERO 7435.
VISTA la solicitud de jubilación hecha el 29 de mayo de 1951, por el señor don Luis E. Aybar R., ex-Presidente de la Cámara de Cuentas de la República, quien prestó sus servicios en diversos ramos de la Administración Pública durante más de 25 años;
VISTA la Ley sobre Pensiones Civiles del Estado, Nº 1316, del 29 de Diciembre de 1943;
En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 49, inciso 3° de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.— Se concede el beneficio de la jubilación al señor
don Luis E. Aybar R., y se le asigna una pensión del Estado de doscientos pesos oro (RD$200.00) mensuales.
Art. 2.— Dicha pensión será pagada con cargo al Fondo de Pensiones y Jubilaciones Civiles de la Ley de Gastos Públicos.
DADO en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los cinco días del mes de junio del año mil novecientos cincuenta y uno, años 108º de la Independencia, 88º de la Restauración y 22º de la Era de Trujillo.
HECTOR B. TRUJILLO MOLINA.
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