Texto de la norma
Decreto Nº 7338 que concede la incorporación del Club Social Deportivo Temis.— G. O. Nº 7296, del 12 de Junio de 1951.
GENERAL HECTOR B. TRUJILLO MOLINA
Secretario de Estado de Guerra, Marina y Aviación
Encargado del Poder Ejecutivo
NUMERO 7338.
VISTA la instancia que por conducto de la Procuraduría General de la República ha elevado al Poder Ejecutivo en fecha 25 de enero de 1951, el doctor Salvador Aybar Mella, en su calidad de Presidente del Club Social Deportivo Temis, en solicitud de la incorporación de esa asociación, de conformidad con la ley de la materia;
VISTOS los documentos que acompañan la instancia;
VISTAS las disposiciones de la Ley Nº 520, del 26 de julio de 1920, sobre asociaciones que no tengan por objeto un beneficio pecuniario;
CONSIDERANDO: Que del estudio del expediente resul-
ta que se han cumplido todas las condiciones y formalidades exigidas por la Ley para obtener la incorporación;
En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 49. inciso 3º de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.— Se concede el beneficio de la incorporación al Club Social Deportivo Temis, asociación domiciliada en [domicilio omitido].
Art. 2.— La incorporación será efectiva tan pronto como el Club Social Deportivo Temis realice el depósito y la publicación a que se refiere el artículo 4 de la Ley ya citada.
DADO en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los treinta días del mes de abril del año mil novecientos cincuenta y uno, años 108º de de la Independencia, 88º de la Restauración y 21º de la Era de Trujillo.
HECTOR B. TRUJILLO MOLINA.
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.