Texto de la norma
Decreto Nº 7314 que agrega el artículo 88 al Reglamento Nº 2122, sobre Base-Ball. — G. O. Nº 7279, del 28 de Abril de 1951.
GENERAL HECTOR B. TRUJILLO MOLINA
Secretario de Estado de Guerra, Marina y Aviación
Encargado del Poder Ejecutivo
NUMERO 7314.
VISTA la Ley Nº 463, del 23 de Diciembre de 1943, que instituye la Dirección General de Deportes;
En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 49 inciso 3º de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
UNICO.— Se agrega el siguiente artículo (88) al Reglamento Nº 2122, del 15 de Agosto de 1944, publicado en la Gaceta Oficial Nº 6133, del 23 de Agosto del mismo año:
""Art. 88.— La Dirección General de Deportes y los organismos dependientes de ésta, indicados en el presente Reglamento, tendrán a su cargo todo lo relativo al fomento y protección del Base-Ball Profesional en la República. La participación de los jugadores profesionales nativos y extranjeros, los salarios que devengarán por sus servicios y los contratos con los equipos que los utilicen, se harán con sujeción a los reglamentos, bases y normas que sean dictados por dichos organismos para la celebración de campeonatos profesionales".
DADO en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los veinte días del mes de abril del año mil novecientos cincuenta y uno, años 108º de la Independencia, 88º de la Restauración y 21º de la Era de Trujillo.
HECTOR B. TRUJILLO MOLINA.
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