Decreto Nº 7310 que jubila con pensión del Estado a la señora María del Carmen Canario.— G. O. Nº 7292, del 30 de Mayo de 1951.
GENERAL HECTOR B. TRUJILLO MOLINA
Secretario de Estado de Guerra, Marina y Aviación
Encargado del Poder Ejecutivo
NUMERO 7310.
VISTA la solicitud de jubilación hecha el 16 de febrero de 1951 en favor de la señora María del Carmen Canario, Sirvienta de la Escuela Normal "Julia Molina" de Azua, quien se encuentra imposibilitada para seguir prestando sus servicios por causa de enfermedad;
VISTA la Ley sobre Pensiones Civiles del Estado Nº 1316, del 29 de diciembre de 1946;
En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 49, inciso 3º de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.— Se concede el beneficio de la jubilación a la señora María del Carmen Canario y se le asigna una pensión del Estado de cinco pesos oro (RD$5.00) mensuales.
Art. 2.— Dicha pensión será pagada con cargo al Fondo de Pensiones y Jubilaciones Civiles de la Ley de Gastos Públicos.
DADO en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los diecinueve días del mes
de abril del año mil novecientos cincuenta y uno, años 108º de la Independencia, 88º de la Restauración y 21º de la Era de Trujillo.
HECTOR B. TRUJILLO MOLINA.
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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona