QUE NOMBRA GOBERNADORES CIVILES EN LAS PROVINCIAS DE LA VEGA, AZUA, BENEFACTOR, MONTE CRISTI Y LIBERTADOR
| Persona | Qué dice el decreto | Cargo e institución |
|---|---|---|
| José A. Seijas | Designación | Gobernador CivilProvincia de La Vega |
| Francisco A. de Moya Franco | Designación | Gobernador CivilProvincia de Azua |
| Manuel Batista Curiel | Designación | Gobernador CivilProvincia Benefactor |
| Fabio F. Gil | Designación | Gobernador CivilProvincia de Monte Cristi |
| Jesús R. Peralta | Designación | Gobernador CivilProvincia Libertador |
Leídas del texto del decreto: puede haber errores de lectura. El enlace con otras fuentes es por nombre y puede tratarse de otra persona con el mismo nombre.
Después del decreto: la declaración jurada de patrimonio de cada persona designada, sus cargos anteriores y si hoy dirige la institución.
José A. Seijas · Gobernador Civil · Provincia de La Vega
Declaración jurada: el plazo estimado venció el 3 may de 1945. Notifacto la comprobará en la lista de la Cámara de Cuentas cuando el directorio oficial de funcionarios registre la designación.
Francisco A. de Moya Franco · Gobernador Civil · Provincia de Azua
Declaración jurada: el plazo estimado venció el 3 may de 1945. Notifacto la comprobará en la lista de la Cámara de Cuentas cuando el directorio oficial de funcionarios registre la designación.
Manuel Batista Curiel · Gobernador Civil · Provincia Benefactor
Declaración jurada: el plazo estimado venció el 3 may de 1945. Notifacto la comprobará en la lista de la Cámara de Cuentas cuando el directorio oficial de funcionarios registre la designación.
Fabio F. Gil · Gobernador Civil · Provincia de Monte Cristi
Declaración jurada: el plazo estimado venció el 3 may de 1945. Notifacto la comprobará en la lista de la Cámara de Cuentas cuando el directorio oficial de funcionarios registre la designación.
Jesús R. Peralta · Gobernador Civil · Provincia Libertador
Declaración jurada: el plazo estimado venció el 3 may de 1945. Notifacto la comprobará en la lista de la Cámara de Cuentas cuando el directorio oficial de funcionarios registre la designación.
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.
Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.
Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
El cruce con el directorio oficial de funcionarios y con la lista de declaraciones juradas de la Cámara de Cuentas es por nombre (y, en la declaración, por el número del decreto): puede tratarse de otra persona con el mismo nombre.