Texto de la norma
Decreto No. 3263, que modifica el artículo 7 del Reglamento No. 2524, del 6 de Marzo de 1957.
(G. O. No. 8182, del 6 de noviembre de 1957)
HECTOR BIENVENIDO TRUJILLO MOLINA
Presidente de la República Dominicana
Número: 3263
VISTO el inciso g) del artículo 91 del Código de Salud Pública y sus modificaciones y el artículo 1º de la Ley No. 4027, del 14 de enero de 1955, sobre Exoneraciones de Impuestos;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 54 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.— Se modifica el artículo 7 del Reglamento No. 2524, del 6 de marzo de 1957, publicado en la Gaceta Oficial No. 8101 y reformado por el Decreto No. 3027, del 13 de agosto de 1957, publicado en la Gaceta Oficial No. 8153, en el sentido de agregarle el siguiente párrafo:
"Párrafo.— Quedan exonerados del sello de Rentas Internas los Alcaldes Pedáneos y sus Ayudantes".
Art. 2.— Envíese a la Secretaría de Estado de Salud y Previsión Social y a la de Finanzas, para los fines correspondientes.
DADO en Ciudad Trujillo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los treinta días del mes de octubre de mil novecientos cincuenta y siete, años 114º de la Independencia, 95º de la Restauración y 28º de la Era de Trujillo.
HECTOR B. TRUJILLO MOLINA.
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