Texto de la norma
Decreto No. 8163, que reorganiza el Consejo Nacional de la Tuberculosis.
(G. O. No. 7413, del 12 de abril de 1952)
RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 8163.
VISTO el artículo 2 de la Ley que crea el Consejo Nacional de la Tuberculosis, modificado por la Ley Nº 2388, del 20 de Mayo de 1950;
En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 49, incisos 3º y 5º de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.— Se modifica nuevamente el artículo 1 del Decreto Nº 6597, del 6 de Junio de 1950, publicado en la Gaceta Oficial Nº 7131, para que rija del siguiente modo:
"Art. 1.— Queda reorganizado el Consejo Nacional de la Tuberculosis, para que se integre del siguiente modo: Dr. Hostos Fidel Fernández Naranjo, Presidente; Dr. Sixto Incháustegui Cabral, Vicepresidente; señor César Herrera, Secretario General; Señor Armando Brea, Tesorero; Dr. José A. Penzo Franco, Dr. José Manuel Rodríguez Jiménez, Dr. Héctor Read Barrera y Dr. Vittorio Ortori Díaz, Vocales; y Vocales ex oficial el Presidente de la Asociación Médica Dominicana, el Jefe del Cuerpo Médico del Ejército Nacional y el Decano de la Facultad de Medicina de la Universidad".
Art. 2.— Quedan derogados los Decretos Nos. 7057, del 20 de Diciembre de 1950, 7094,, del 15 de Enero de 1951 y 8040, del 6 de Febrero de 1952.
DADO en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los cuatro días del mes de abril del año mil novecientos cincuenta y dos, años 109º de la Independencia, 89º de la Restauración y 22º de la Era de Trujillo.
RAFAEL L. TRUJILLO
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.