jueves, 15 de octubre de 2026 Análisis con inteligencia artificial propietariaCómo analizamos
Notifacto.

Donde los medios rinden cuentas

Búsqueda avanzada
Recibir las actualizaciones
HoyPunto ciegoMediosEstadoCerca de tiTemasCompararArchivoBúsqueda avanzada
HoyPunto ciegoMediosBuscarCerca
Notifacto.

Los medios rinden cuentas.

contacto@notifacto.com
ExplorarHistorias de hoyResumen diarioPrimiciasPunto ciegoMedios y propietariosMapa de mediosDinero público y mediosTemasComparar mediosNoticias cerca de tiArchivo de historiasBuscar noticias
El Estado bajo la lupaVigilancia al EstadoSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
NotifactoQuiénes somosMetodologíaDatos abiertosFundadorRecibir las actualizaciones Canal de sindicación
LegalCentro legalAviso legalTérminos de usoPrivacidadUso de inteligencia artificialRectificaciones y réplica
Cada pieza es analizada con inteligencia artificial propietaria de Notifacto. Puede contener errores: revisa siempre la evidencia enlazada.
ResumenSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
FuncionariosDecretosRecién llegadosNóminaPatrimonioDeclaraciones
El Estado bajo la lupa

Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 8122

QUE REDISTRIBUYE LAS CIFRAS PROVISIONALES DEL CENSO DE POBLACION DEL 1950

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
9 mar de 1952fecha
Otrostipo
G. O. 7399Gaceta Oficial del 1 ene de 1952
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Decreto No. 8122, que redistribuye las cifras provisionales del Censo de Población de 1950 (G. O. No. 7399, del 12 de marzo de 1952) RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA Presidente de la República Dominicana Número: 8122 CONSIDERANDO: que por decreto No. 7881, promulgado con fecha 10 de diciembre de 1951, fueron declaradas vigentes las cifras provisionales del censo de población de 1950, computadas para la República, el Distrito de Santo Domingo, las provincias, las comunes y distritos municipales, hasta tanto se concluyan y publiquen los resultados detallados y definitivos del censo de población levantado en todo el país el 6 de agosto de 1950; CONSIDERANDO: que con posterioridad a esa disposición se han producido cambios en la división territorial de la Repú- blica, por efecto de diversas disposiciones legales; y que la Dirección General de Estadística ha hecho una nueva publicación de las mencionadas cifras provisionales, ajustándolas a los referidos cambios operados en la división territorial, y que procede, por consiguiente, reconocerles vigencia a las cifras provisionales así modificadas; VISTOS los artículos 1 y 2 de la Ley sobre Censos Nacionales No. 318, del 19 de Julio de 1943, modificados por la Ley No. 1991, del 2 de mayo de 1949; y el Decreto No. 6091, del Poder Ejecutivo de fecha 22 de Octubre del año 1949; En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 49. inciso 3º de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: Art. 1.— Hasta tanto se concluyan y publiquen los resultados detallados y definitivos del censo de población levantado en todo el país el 6 de agosto de 1950, estarán vigentes las cifras provisionales publicadas por la Dirección General de Estadísticas, computadas para la República Dominicana, el Distrito de Santo Domingo, provincias, comunes y distritos municipales, ajustadas a las últimas modificaciones operadas en la división territorial, que se indican a continuación: LA REPUBLICA 2,121.083 Distrito de Santo Domingo 241,228 Porvincia de Azua 50.166 Común de Azua 36.784 Común de Padres de Las Casas 13.382 Provincia de Bahoruco 39.655 Común de Neyba 21.379 Distrito Municipal de José Trujillo Vadéz 6.908 Común de Tamayo 11.368 Provincia de Barahona 62.032 Común de Barahona 28.981 Distrito Municipal de Vicente Noble 5,527 Común de Cabral 12,230 Común de Enriquillo 8,402 Distrito Municipal de Paraíso 5,166 Común de Pedernales 1,726 Provincia Benefactor 107,060 Común de San Juan 60,670 Común de El Cercado 19,161 Común de Las Matas de Farfán 27,229 Provincia Duarte 117,026 Común de San Francisco de Macorís 72,275 Común de Castillo 14,461 Distrito Municipal de Hostos 3,819 Común de Pimentel 10,460 Común de Villa Riva 16,011 Provincia Espaillat 102,348 Común de Moca 81,882 Común de Gaspar Hernández 20,466 Provincia Independencia 20,892 Común de Jimaní 3,294 Común de Duvergé 12,359 Común de La Descubierta 5,239 Provincia de La Altagracia 71,045 Común de La Romana 27,172 Común de Higüey 39,203 Distrito Municipal de San Rafael del Yuma 4,670 Provincia de La Vega 192.570 Común de La Vega 113,253 Distrito Municipal de Cayetano Germosén 3,739 Común de Constanza 10,190 Común de Jarabacoa 25,976 Común de Monseñor Nouel 39,412 Provincia Libertador 25,513 Común de Dajabón 8,867 Común de Loma de Cabrera 13,027 Común de Restauración 3,619 Provincia de Monte Cristi 49,623 Común de Monte Cristi 10,309 Común de Guayubín 24,565 Común de Pepillo Salcedo 4,076 Común de Villa Isabel 10,673 Provincia de Puerto Plata 133,493 Común de Puerto Plata 59,446 Común de Altamira 28,719 Común de Imbert 12,019 Común de Luperón 33,309 Provincia de Salcedo 49,119 Común de Salcedo 30,316 Distrito Municipal de Villa Tapia 694 Común de Tenares 18,109 Provincia de Samaná 82,977 Común de Samaná 18,642 Común de Cabrera 15,430 Distrito Municipal de Río San Juan 6,246 Común de Julia Molina 33,319 Común de Sánchez 9,340 Provincia de Sánchez Ramírez 49,693 Común de Cotuí 42,886 Distrito Municipal de Padre Fantino 1,286 Común de Cevicos 5,521 Provincia de San Pedro de Macorís 64,214 Común de San Pedro de Macorís 36,989 Común de Los Llanos 19,828 Común de Ramón Santana 7,397 Provincia San Rafael 33,255 Común de Elías Piña 13,983 Distrito Municipal de Hondo Valle 7,489 Común de Bánica 6,029 Común de Pedro Santana 5,754 Provincia de Santiago 259,918 Común de Santiago 154,619 Común de Esperanza 13,338 Común de Jánico 22,156 Común de Peña 16,606 Común de San José de Las Matas 34,047 Común de Valverde 19,152 Provincia de Santiago Rodríguez 29,687 Común de Santiago Rodríguez 24,043 Común de Monción 5,644 Provincia del Seybo 97,873 Común del Seybo 50,864 Común de Miches 5,109 Común de Sabana de la Mar 10,366 Común de Hato Mayor 31,534 Provincia Trujillo 160,345 Común de San Cristóbal 65,170 Distrito Municipal de Villa Altagracia 15,417 Distrito Municipal de Sabana Grande 3,543 Distrito Municipal de Yaguate 14,391 Común de Yaguate 12,944 Común de Monte Plata 23,134 Común de Yamasá 25,746 Provincia Trujillo Valdéz 81,351 Común de Baní 44,287 Distrito Municipal de Nizao 5,734 Común de San José de Ocoa 31,330 Art. 2.— Queda derogado el decreto No. 7881, promulgado el día 10 de diciembre del año 1951, y publicado en la Gaceta Oficial No. 7364, del 17 de diciembre de 1951. DADO en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los nueve días del mes de Marzo del año mil novecientos cincuenta y dos, años 109º de la Independencia, 89º de la Restauración y 22º de la Era de Trujillo. RAFAEL L. TRUJILLO

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

Sigue explorando · Personas en el Estado

Todas las secciones →
  • FuncionariosCargo, sueldo, decretos y patrimonio de cada persona
  • Recién llegadosQuién entró a un cargo público y qué vínculos tenía
  • Nómina públicaQuién cobra en el Estado y cuánto, mes a mes
  • Cambios de patrimonioQuién más cambió entre dos declaraciones juradas
  • Declaraciones pendientesQuién no presentó su declaración jurada a tiempo

Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona