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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 8118

QUE CONCEDE LA INCORPORACION A LA PRIMERA IGLESIA BAUTISTA DOMINICANA EVANGELICA, DOMICILIADA EN [domicilio omitido]

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
8 mar de 1952fecha
Incorporación de asociacionestipo
G. O. 7401Gaceta Oficial del 1 ene de 1952
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Decreto No. 8118, que concede la incorporación a la "Primera Iglesia Bautista Dominicana Evangélica", domiciliada en [domicilio omitido]. (G. O. No. 7401, del 1º de marzo de 1952) RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA Presidente de la República Dominicana Número: 8118 VISTA la instancia que por conducto de la Procuraduría General de la República ha elevado al Poder Ejecutivo en fecha 28 de Noviembre de 1951 el señor Zeral L. Brown, en su calidad de Presidente de la "Primera Iglesia Bautista Dominican Evan- gélica" en solicitud de la incorporación de esa asociación, de conformidad con la ley de la materia; VISTOS los documentos que acompañan la instancia; VISTAS las disposiciones de la Ley No. 520, del 26 de Julio de 1920, sobre asociaciones que no tengan por objeto un beneficio pecuniario; CONSIDERANDO: Que del estudio del expediente resulta que se han cumplido todas las condiciones y formalidades exigidas por la Ley para obtener la incorporación; En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 49, inciso 3º de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: Art. 1.— Se concede el beneficio de la incorporación a la "Primera Iglesia Bautista Dominicana Evagélica", asociación domiciliada en [domicilio omitido]. Art. 2. —La incorporación será efectiva tan pronto como la "Primera Iglesia Bautista Dominicana Evangélica", realice el depósito y la publicación a que se refiere el artículo 4 de la Ley ya citada. DADO en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los ocho días del mes de Marzo del año mil novecientos cincuenta y dos, años 109º de la Independencia, 89º de la Restauración y 22º de la Era de Trujillo. RAFAEL L. TRUJILLO

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona