Texto de la norma
Decreto No. 8060, que aprueba las modificaciones introducidas en los Estatutos de la Sociedad de Socorro Mútuuo “Lazo Fraternal”
(G. O. No. 7392, del 25 de febrero de 1952)
RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 8060
VISTA la instancia que por conducto de la Procuraduría General de la República ha elevado al Poder Ejecutivo el señor Celio de la Cruz, en su calidad de Presidente de la Sociedad de Socorro Mutuo “Lazo Fraternal”, Inc., en solicitud de que sean aprobadas las modificaciones introducidas en los Estatutos de dicha Sociedad por la Asamblea General Extraordinaria celebrada en fecha 3 de Noviembre de 1950, y los documentos que la acompañan;
VISTAS las disposiciones de la Ley No. 520, del 26 de Julio de 1920, sobre asociaciones que no tengan por objeto un beneficio pecunario;
En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 49, inciso 3º de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.— Quedan aprobadas las modificaciones introducidas en los Estatutos de la Sociedad de Socorro Mutuo "Lazo Fraternal", Inc., de Ciudad Trujillo.
Art. 2.— Dicha aprobación será efectiva tan pronto como dicha Asociación realice los depósitos y la publicación a que se refiere el Art. 4, de la Ley ya citada.
DADO en Ciudad, Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los trece días del mes de febrero del año mil novecientos cincuenta y dos, años 108º de la Independencia, 89º de la Restauración y 22º de la Era de Trujillo.
RAFAEL L. TRUJILLO
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