Texto de la norma
Decreto No. 8010, que reorganiza el Consejo Nacional de Economía. (G. O. No. 7384, del 6 de febrero de 1952)
RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 8010
En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 49, inciso 5º de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.— El Consejo Nacional de Economía previsto en el artículo 5 de la Ley No. 1682, del 16 de Abril de 1948, estará integrado, además de por los miembros ex-oficio indicados en dicho artículo, que son el Secretario de Estado de Economía y Comercio quien debe presidirlo, el Secretario de Estado del Tesoro y Crédito Público, el Secretario de Estado de Relaciones Exteriores y Culto, el Secretario de Estado de Agricultura, Pecuria y Colonización y el Secretario de Estado de Trabajo y Previsión Social, el Consultor Jurídico del Poder Ejecutivo, el Director del Presupuesto, el Gobernador del Banco Central, el Presidente de la Comisión de Fomento, y por los señores Mario Fermín Cabral, R. Paíno Pichardo, Dr. Enmanuel Ramos Messina, Vicente Tolentino Rojas y Milcíades de Castro.
Art. 2.— El presente Decreto deroga y sustituye el No. 7732, del 2 de noviembre de 1951, publicado en la Gaceta Oficial No. 7365.
DADO en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los veintinueve días del mes
de enero del año mil novecientos cincuenta y dos, años 108º de la Independencia, 89º de la Restauración y 22º de la Era de Trujillo.
RAFAEL L. TRUJILLO
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.