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Texto
Texto de la norma
Decreto No. 8003 que jubila al señor José Ramón Aristi Ortiz.
(G. O. No. 7405, del 26 de marzo de 1952)
RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 8003
VISTA la solicitud de jubilación hecha en fecha 14 de enero del año en curso por el señor José Ramón Aristi Ortiz, quien ha prestado servicios por más de 18 años en el servicio de Aduana, y se encuentra en la imposibilidad de seguir prestándolos por causa de enfermedad;
VISTA la ley sobre Pensiones Civiles del Estado, No. 1316, del 29 de diciembre de 1946;
En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 49, inciso 3° de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.— Se concede el beneficio de la jubilación al señor José Ramón Aristi Ortiz, y se le asigna una pensión del Estado de setentisiete pesos con setentiseis centavos oro (RD$77.76) mensuales.
Art. 2.— Dicha pensión será pagada con cargo al Fondo de
Pensiones y Jubilaciones Civiles de la Ley de Gastos Públicos.
DADO en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los veinticinco días del mes de enero del año mil novecientos cincuenta y dos, años 108º de la Independencia, 89º de la Restauración y 22º de la Era de Trujillo.
RAFAEL L. TRUJILLO
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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.
Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona